MP C/ JAVIER IGNACIO NECULPAN TORRES
Rol
Fecha
6 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de la certificación precedente y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Claudio Poblete Aguayo en contra de la resolución de fecha treinta de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco. Devuélvase al Tribunal de origen por interconexión. N°Penal-339-2023. (sac)
Fallo
se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Claudio Poblete Aguayo en contra de la resolución de fecha treinta de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco. Devuélvase al Tribunal de origen por interconexión. N°Penal-339-2023. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, seis de abril de dos mil veintitrés. Al folio 4 y 5: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de la certificación precedente y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Claudio Poblete Aguayo en contra de la resolución de fecha treinta de marz
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