Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Valparaíso

A.F.P. CAPITAL S.A. CON INCOLEX SPA

Rol

D-4897-2021

Fecha

31 de enero de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

Considerando: PRIMERO: Que, la presente causa RIT D-4897-2021 se inició por demanda ejecutiva interpuesta por Manuel Jesús Figueroa Saavedra, abogado y Antonio Ricardo Álamos Avendaño, abogado, domiciliados en PRAT 871 PISO 3,Valparaíso, teléfono 224737337, ambos en calidad de mandatario judicial y en representación de la Administradora de Fondos de Pensiones Capital, Institución de Previsión Social, de mismo domicilio, en contra de INCOLEX SPA, representado por MAURICIO JAVIER SILVA FIGUEROA, ignora profesión, con domicilio en UNO NORTE 461 DEPTO. 703, Viña del Mar, adeuda y debe pagar la suma de $ 137.280.- por cotizaciones previsionales morosas de los trabajadores aludidos en ellas y correspondientes a cada uno de los meses y montos que se indican a continuación: Resolución Período Monto Nominal 4204194 09/2019 45.760 4204194 10/2019 45.760 4204194 11/2019 45.760. SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso la excepción de pago, al efecto acompaña un comprobante de depósito en la cuenta corriente del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, por el monto de $140.000.-(ciento cuarenta mil pesos). TERCERO: Que la parte ejecutante, no evacuó en traslado conferido con fecha 24 de diciembre de 2021. CUARTO: Que, el Juzgado declaró admisible la excepción opuesta, recibiendo la causa a prueba con fecha diez de enero de dos mil veintidós en los siguientes términos: “Téngase por evacuado el traslado conferido con fecha 24 de diciembre de 2021, en rebeldía de la ejecutante. Vistos:

Fallo

Se declara admisible la excepción opuesta y se recibe la causa a prueba, fijándose como hechos substanciales, pertinentes y controvertidos que han de probarse, el siguiente: 1.- Efectividad de encontrarse enteradas total o parcialmente las cotizaciones previsionales cuyo pago se persigue por la presente causa. Períodos, fecha y monto involucrados.” QUINTO: Que, con fecha veinticuatro de enero de dos mil veintidós. Se certificó por la ministro de fe del Juzgado lo siguiente: “RIT: D-4897-2021 RUC: 21-3-0215442-K CERTIFICO: Que, el término probatorio se encuentra vencido. PAOLA AGUIRRE IBACETA.” Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 17.322; artículo 19 del D.L 3500; 464 N°9 del Código de Procedimiento Civil se declara: DHFXXYMNXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 9 I. Que, se acoge la excepción de pago de la deuda y, en consecuencia, se rechaza la demanda ejecutiva interpuesta por Administradora de Fondos de Pensiones Capital, en contra de INCOLEX SPA. II. Que, no se condena en costas a la ejecutante, por estimarse que ha tenido motivos plausibles para litigar. RIT: D-4897-202

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8 “A.F.P. CAPITAL S.A. CON INCOLEX SPA” MATERIA: EJECUTIVO PREVISIONAL RIT: D-4897-2021 REGISTRO: 2 Valparaíso, treinta y uno de enero de dos mil veintidós. Vistos y Considerando: PRIMERO: Que, la presente causa RIT D-4897-2021 se inició por demanda ejecutiva interpuesta por Manuel Jesús Figueroa Saavedra, abogado y Antonio Ricardo Álamos Avendaño, abogado, domiciliados en PRAT 871 PISO 3,Valpara

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