JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

MINISTERIO PÚBLICO C/ ALEXIS GIOVANNI BARRIOS AEDO

Rol

Fecha

6 de abril de 2023

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente el tiempo que se ha mantenido la medida de prisión preventiva y que el imputado se ha presentado voluntariamente a los actos del procedimiento, considerando, además, que de los antecedentes aportados recientemente, no obstante encontrarse acusado el imputado, provocan dudas a esta Corte con respecto a la participación del acusado en el delito de homicidio que se le atribuye; y estimándose que una o más de las medidas cautelares de las contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento, se revoca la resolución apelada de tres de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué y, en su lugar se declara que, se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva de ALEXIS GIOVANNI BARRIOS AEDO. Se da orden de libertad inmediata en favor del imputado ALEXIS GIOVANNI BARRIOS AEDO, si no estuviere privado de ella, por otra causa. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-751-2023.

Fallo

se declara que, se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva de ALEXIS GIOVANNI BARRIOS AEDO. Se da orden de libertad inmediata en favor del imputado ALEXIS GIOVANNI BARRIOS AEDO, si no estuviere privado de ella, por otra causa. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-751-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a seis de abril de dos mil veintitrés, se da inicio a esta audiencia a las 09:41 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, modalidad Videoconferencia, siendo presidida por el Ministro don Patricio Hernán Martínez Sandoval e integrada por la Ministra doña Rosa Herminia Aguirre Carvajal y la Ministra doña Silvan

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