TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VALPARAISO

MP C/ PAULINA ANDREA PIZARRO VÁSQUEZ

Rol

Fecha

6 de abril de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, doña ISKRA NÚÑEZ ARENAS, Defensora Penal Pública, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, presidido por el juez don José Antonio Cifuentes Gil e integrado, además, por los jueces don Wilson González Díaz y don Danko Koscina Villegas, de fecha quince de febrero de dos mil veintitrés, por la que se condenó al acusado, don FABIÁN ALEXIS NAVARRO DELGADO, cédula de identidad Número 18.270.594-2, domiciliado en calle Sobene II casa 7, en Población Héroes del Mar, Cerro Los Placeres, Valparaíso; a la pena corporal de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y al pago de una multa de dos unidades tributarias mensuales, más las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, previsto en el artículo 3° y sancionado en el artículo 1° de la Ley N° 20.000. La recurrente interpone el recurso de nulidad por la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, solicitando que se anule la sentencia y se proceda a dictar la pertinente sentencia de reemplazo, sin necesidad de un nuevo juicio, en la que se efectúe una correcta aplicación del Derecho y, en consecuencia, se condene a su representado por el delito de tráfico de pequeñas cantidad de droga de artículo 4 de ley 20.000. Que el día 24 de marzo del 2023, tuvo lugar la vista de la causa en esta I. Corte de Apelaciones, oyéndose los alegatos de la Defensora Penal Pública y del Ministerio Público, finalizada las exposiciones se puso término al debate, quedando la causa en estado de alcanzar acuerdo y producido éste, se procede a dictar el siguiente fallo. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, la causal por la cual se interpone el recurso de nulidad contra el

Fallo

fallo dictado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal es la del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal que dispone “Causales del recurso. Procederá la declaración de nulidad total o sólo la parcial del juicio oral y de la sentencia, si el vicio hubiere generado efectos que son divisibles y subsanables por separado sólo respecto de determinados delitos o recurrentes: letra b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”. La recurrente funda la causal del recurso en que el fallo habría realizado una errónea aplicación del Derecho al dictar la sentencia en cuanto habría incurrido en un error de derecho al calificar jurídicamente los hechos de un delito de tráfico del artículo 3 y 1 de la ley 20.000, y desechar la aplicación de art. 4 de la ley 20.000 que contempla la figura del microtráfico. Agrega que en la descripción típica del artículo 4 de ley 20.000 no se define lo que debe entenderse por “pequeña cantidad”, siendo este concepto un elemento normativo social-valorativo del tipo penal que imprime una particular flexibilidad a los criterios para justificar la aplicación del microtráfico, siendo la jurisprudencia quien ha desarrollado este concepto incorporando a la norma, aspectos fácticos como el contexto socioeconómico de los autores, la habitualidad, porcentaje de pureza, geografía del lugar, tipo de vivienda y aspectos sociales, valor económ

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, seis de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: Que, doña ISKRA NÚÑEZ ARENAS, Defensora Penal Pública, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, presidido por el juez don José Antonio Cifuentes Gil e integrado, además, por los jueces don Wilson González Díaz y don Danko Kosci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica