SIN INFORMACION

ESPINOZA/SUSESO

Rol

Fecha

5 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece Héctor Eduardo Espinoza Cisterna, e interpone Recurso de Protección en contra la COMPIN Región Metropolitana y de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) de la Región Metropolitana. Indica que desde enero del año en curso (SIC), desarrolló una enfermedad psiquiátrica tratada por el médico Carlos Santelices Lagos, quien le diagnosticó trastorno depresivo ansioso severo por estrés, trastorno del ritmo nictameral, trastorno de problemas que afectan a la familia y el hogar y tabaquismo positivo, recetándole zopiclona y sertralina, por 30 días. Señala que desde febrero de 2021 le comenzaron a cuestionar sus licencias médicas por lo que tuvo que recurrir primeramente ante COMPIN y posteriormente ante la SUSESO, organismos que decidieron que el reposo no era justificado debido a que sobrepasaba la cantidad de 57 días. Precisa que mediante resolución exenta N° R-01-UNRA-166730-2021 de 06 de diciembre de 2021, la SUSESO confirmó y reiteró el rechazo de sus licencias médicas Nº0059478193, Nº 49146246-9 y Nº 50001834-8, dispuesto por COMPIN Región Metropolitana. Hace presente que el fundamento tanto de la COMPIN como de la SUSESO, es que los antecedentes aportados no permite establecer la existencia de incapacidad laboral temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado, y que los informes mencionados no dan cuenta del rol terapéutico del reposo que permita a los profesionales de la Superintendencia justificar su prórroga. Da cuenta que pese a no haber completado su tratamiento se ha visto forzado a renunciar a su trabajo, debiendo encontrar otro trabajo. Estima que el actuar de la COMPIN Región Metropolitana y de la SUSESO de la Región Metropolitana es arbitrario e ilegal, ya que falta la necesaria fundamentación y motivación de su resolución en el rechazo de las licencias médicas. Cita el articulo 21 del Decreto Supremo N° 3 y reclama que las recurridas no decretaron nuevos exámenes o disponer de una nueva evaluación médica con el propósito de esclarecer la condición actual de salud del recurrente. Considera conculcadas las Garantías Constitucionales del Derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, junto con el derecho de propiedad, derechos señalados en el artículo 19 N° 1, 3 y 24 de la Constitución Política de la República. Pide se ordene el pago de las licencias médicas números 0059478193, 49146246-9 y 50001834-8, con costas. Segundo: Que informa por la COMPIN Región Metropolitana su presidenta doña Silvana Andrea Díaz Vera, quien solicita el rechazo del recurso, por cuanto no ha efectuado actuación ilegal o arbitraria que haya vulnerado las garantías del recurrente. Indica que COMPIN R.M., resolvió rechazar las licencias médicas Nºs 0059478193, y Nº 50001834-8 extendidas por un plazo total de 36 días de reposo por estimar que el reposo no se encontraba justificado (artículos 16° y 21° del D.S. N°3/1984 y los artículos 3° y 4° del Decreto Supremo N° 7/2013), ya que no se aportaron ant

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección constitucional deducido a favor de Héctor Eduardo Espinoza Cisterna y en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-101-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de abril de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Héctor Eduardo Espinoza Cisterna, e interpone Recurso de Protección en contra la COMPIN Región Metropolitana y de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) de la Región Metropolitana. Indica que desde enero del año en curso (SIC), desarrolló una enfermedad psiquiátrica tratada po

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