HUENCHUÁN/CORPORACIÓN MUNICIPAL EDUCACIÓN, SALUD Y ATENCIÓN AL MENOR DE QUEILEN
Rol
8845-2022
Fecha
1 de abril de 2022
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Segundo: Que la resolución que se impugna en estos antecedentes es aquella que declaró inadmisible el recurso de nulidad que se dedujo en contra de la sentencia que rechazó la denuncia de vulneración de derechos fundamentales y la demanda de despido injustificado; la que no participa de la naturaleza jurídica antes indicada, razón suficiente para declarar inadmisible el recurso intentado en autos. Y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer y tercer otrosíes: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Regístrese y archívese. N° 8.845-22
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer y tercer otrosíes: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Regístrese y archívese. N° 8.845-22
Texto Completo (Preview)
Santiago, uno de abril de dos mil veintidós. Al escrito folio 20278: a sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro re
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