SIN INFORMACION

ARAYA VALENZUELA JUAN CARLOS/GENDARMERÍA DE CHILE - INSTITUTO PSIQUIATRICO DR. JOSÉ HORWITZ BARAK

Rol

Fecha

5 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurrió de amparo constitucional Richard Maldonado Bustos, abogado, Defensor Penal Público, quien lo hizo en favor de los intereses de Juan Araya Valenzuela, imputado privado de libertad, y en contra de Gendarmería de Chile, debido a la ilegalidad cometida al ingresar al amparado en el “módulo de castigados”, privándolo de libertad, yendo en contravención a la disposición de internación provisoria en el Instituto Psiquiátrico José Horwitz, ordenada por el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, que, lo que amenaza el derecho de libertad personal del amparado, consagrada en al artículo 19° n°7 de la Constitución Política de la República. Previas citas legales, constitucionales y de tratados internacionales, solicita que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, en especial que se decrete la libertad inmediata del amparado, o en subsidio, se ingrese de inmediato, en un plazo no mayor a 72 horas al hospital José Horwitz; o en su caso, que se traslade al imputado al Hospital Penal o al Centro Asistencial que corresponda. Fundando el recurso, explica que su representado fue sometido a control de detención del día 4 de enero del año 2023, en causa seguida ante el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, formalizado por el delito de amenazas en el contexto de violencia intrafamiliar y desacato. A su respecto se dispuso la medida cautelar de prisión preventiva. Luego, refiere que el 2 de febrero del 2023 la defensa puso visitar al amparado, oportunidad en que fue encontrado en mal estado de salud. Afirma que el 14 de febrero del presente año la defensa solicitó audiencia para suspender el procedimiento de conformidad lo establece el artículo 458 del Código Procesal Penal, toda vez que la hija del imputado indicó que su padre presentaba problemas mentales. En la audiencia ante el juez de garantía se sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva por la de internación provisional. En

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se decide que: Se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Juan Araya Valenzuela y en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-577-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de abril de dos mil veintitrés. Al folio 9; a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurrió de amparo constitucional Richard Maldonado Bustos, abogado, Defensor Penal Público, quien lo hizo en favor de los intereses de Juan Araya Valenzuela, imputado privado de libertad, y en contra de Gendarmería de Chile, debido a la ilegalidad cometid

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