2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

BANCO DE CHILE/TRANSPORTES Y SERVICIOS JUAN CARLOS RIVERA ALMONACID EIRL

Rol

Fecha

5 de abril de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos  Que atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente en consideración que en la especie consta en el mismo pagaré las instrucciones relativas a la incorporación de la fecha de vencimiento y el monto o suma correspondiente al saldo de capital adeudado, a lo que debe añadirse la tasa de interés aplicable en caso de mora, expresada en el mismo título; se estima que no se verifican los elementos necesarios para estimar procedentes las excepciones promovidas por la ejecutada. Por estas consideraciones, se confirma la sentencia de fecha 14 de julio de 2022, dictada por Iris Catalina Obando Cárdenas, Juez Titular del segundo juzgado civil de puerto Montt que rechazó las excepciones al artículo 464 N°7 y 464 N° 14  del Código de Procedimiento Civil opuestas por la ejecutada. No firma la Ministra doña Ivonne Avendaño Gómez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con permiso Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Civil N° 997-2022.

Fallo

Por estas consideraciones, se confirma la sentencia de fecha 14 de julio de 2022, dictada por Iris Catalina Obando Cárdenas, Juez Titular del segundo juzgado civil de puerto Montt que rechazó las excepciones al artículo 464 N°7 y 464 N° 14  del Código de Procedimiento Civil opuestas por la ejecutada. No firma la Ministra doña Ivonne Avendaño Gómez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con permiso Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Civil N° 997-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cinco de abril de dos mil veintitrés.  Vistos  Que atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente en consideración que en la especie consta en el mismo pagaré las instrucciones relativas a la incorporación de la fecha de vencimiento y el monto o suma correspondiente al saldo de capital adeudado, a lo que debe añadirse la tasa de interés aplicable en caso de mora, exp

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