TRUJILLO/PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA ACUMULADA ROL 12.015-2022
Rol
Fecha
4 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece Karina Alejandra Trujillo Contreras, abogado, domiciliada en calle Baquedano N° 239 oficina 511 de Antofagasta, actuando en nombre y representación de el “Comité de Vivienda Mujeres Cabeza de Familia” de Antofagasta, representada por su presidenta doña Yhajaira Segura Segura y de la Organización Comunitaria de carácter funcional denominada “Chile Sueña” de Antofagasta, representada por su presidente don Fabián Michett Arias Vallejos, dirigentes sociales que comparecen por sí y en representación de todos los residentes de los inmuebles que conforman las organizaciones señaladas, quienes deducen Recurso de Protección en contra de en contra de la Resolución Exenta Nº 556 del 13 de Junio de 2022 dictada por la Delegada Presidencial Regional de Antofagasta doña Karen Elizabeth Behrens Navarrete, por vulnerar los derechos constitucionales establecidos en el artículo 19 Nº 4 y N° 5 de la Constitución Política de la República, solicitando se declare la ilegalidad y/o arbitrariedad de los actos denunciados, ordenando dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 556 de 13 de junio de 2022, dictada por la Delegada Provincial indicada. Evacuó informe la recurrida, instando por el rechazo de la acción deducida. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Funda su recurso indicando que aproximadamente a partir del 2008, en esta ciudad de Antofagasta, se comenzó a poblar la zona alta de la misma, por diversas personas que se asentaron en dicho lugar, construyendo viviendas de diversas características y hasta donde se trasladaron con sus familias. En general se trata de personas vulnerables, de escasos recursos, cuyos ingresos mensuales no alcanzan para solventar una renta de arrendamiento, ni mucho menos para acceder a créditos hipotecarios para la adquisición de vivienda. Entre estas personas se cuenta un número importante de niños, ancianos, discapacitados y personas migrantes de diversas nacionalidades. Agrega que, este poblamiento de la zona alta de Antofagasta, que ha proliferado con el transcurrir del tiempo y la llegada de miles de migrantes a la ciudad, sumado a los efectos adversos que acarreó la pandemia del COVID-19 en la población, ha contado con al menos la tolerancia del Estado, representado por diversos organismos y servicios. Los terrenos en que se han producido estos asentamientos son fiscales. En la actualidad se han constituido varios campamentos, que cuentan con sus respectivos comités que lo dirigen. Refiere que, hasta la fecha se han interpuesto, tanto a nivel nacional como regional, diversos recursos de protección que inciden en la materia. Si bien no existe una jurisprudencia uniforme, en lo que respecta a Campamentos o Tomas en la ciudad de Antofagasta, cabe destacar dos fallos, importantes en cuanto a su fundamentación; estos son: Rol 761-2008 y Rol 279-2017. En el primero de ellos, la Ilustre Corte de Apelaciones de Antofagasta, conociendo de un recurso de protección impetrado por una entidad privada, si bien se acoge su recurso de protección, reglón seguido se estima como ARBITRARIO E ILEGAL, el actuar de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, ordenando adoptar de inmediato las providencias que estimase necesarias para reestablecer el imperio del derecho y trasladar a los pobladores a un sector seguro. En el segundo caso, la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta indica que “la autoridad administrativa (SEREMI de Bienes Nacionales) habría incurrido en arbitrariedad e ilegalidad […] en la medida que no adoptó las medidas necesarias para cumplir lo dispuesto por el órgano jurisdiccional, sobre todo si se trataba de una medida cautelar excepcional que busca restablecer el imperio del derecho en la garantía esencial de un Estado democrático, por lo que no cabe sino acoger el recurso de protección en la medida que la Gobernación Provincial ha desconocido sus funciones legales y asimismo discrecionalmente ha dilatado el cumplimiento de una resolución judicial, manteniéndose esta amenaza permanente que hace procedente el recurso en términos de la oportunidad en su interposición…”, y acto seguido resolvió nuevamente que el “Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales, [debe] adoptar de inmediato las providencias n
Fallo
por tanto, en uso de mis facultades legales …”, RESUELVE: “1.- Requiérase administrativamente a un grupo de personas de difícil individualización, terceros de quienes se ignoran mayores antecedentes de identificación, los cuales conforman los campamentos denominados “Asociación de Madres Cabeza de Familias” y “Chile Sueña”, ocupantes ilegales de la propiedad fiscal que habitan y/o usufrutuan, ubicada en esta ciudad, sector LA CHIMBA ALTO, según coordenada, VERTICE NORTE ESTE A 7398211 358223 B 7398180 358869 C 7397829 358871 D 7397853 358254, Comuna y provincia de Antofagasta, conjuntamente con todos sus ocupantes y cualquier tercera persona extraña que pudiese estar ocupando indebidamente el inmueble en referencia, a fin que efectúen su restitución, en forma inmediata de realizada la notificación de la presente resolución, por carecer de derecho alguno para tal beneficio; Indica que la mentada resolución agrega que, en caso de no cumplir con lo ordenado, se actuará debida y seguidamente a los actos de notificación, con el auxilio de la fuerza pública, si fuese necesario y/o hubiere oposición de los actuales ocupantes, a fin de obtener la entrega del inmueble…”. Añade, que la primera señal de preocupación que tuvieron las personas en cuyo favor se recurre, fue el operativo de desalojo que se llevó a cabo el día miércoles 22 de Junio del 2022, en horas de la mañana, en el cual concurren al campamento habitado por los recurrentes, personalmente el representante de la Delegada
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Antofagasta, a cuatro de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece Karina Alejandra Trujillo Contreras, abogado, domiciliada en calle Baquedano N° 239 oficina 511 de Antofagasta, actuando en nombre y representación de el “Comité de Vivienda Mujeres Cabeza de Familia” de Antofagasta, representada por su presidenta doña Yhajaira Segura Segura y de la Organización Comunitaria de carácter funcio
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