BECZA GESTION LIMITADA/
Rol
Fecha
4 de abril de 2023
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia apelada de 19 de octubre de 2022, escrita a fojas 46 y siguientes del expediente digitalizado, salvos sus
Fundamentos
motivos séptimo a noveno, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: 1º.- Que apeló el abogado Daniel Zeltzer Froimovich, por haberse aplicado a su representada Becza Gestión S.A. una multa de 25 ingresos mínimos no remuneracionales, por mantener a una persona ejerciendo labores de guardia de seguridad sin acreditación ante la autoridad fiscalizadora, sin directiva de funcionamiento aprobada por Carabineros de Chile, sin contrato, sin seguro de vida ni tarjeta de identificación de la empresa empleadora, contraviniendo la normativa de vigilancia privada establecida en los artículos 8, 13 y 15 del Decreto Supremo 93 de 1985 del Ministerio de Defensa Nacional, artículo 8 del Decreto Ley 3.607 y artículo 8 del Decreto Supremo 867 de 2017 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, impugnación que fundó en que el
Fallo
fallo no explicita las reglas de la lógica, máximas de experiencia y conocimientos científicamente afianzados que permitieron al tribunal dar por acreditada la infracción denunciada, y tampoco se hizo cargo de la prueba de descargo rendida por su parte. Adujo, no compartir el criterio de la juzgadora para establecer la supuesta infracción, pues no señala cuál es la actividad que la trabajadora realizaba como guardia al momento de cursarse la infracción, además, acreditó que la trabajadora prestaba servicios como administrativa de la empresa en el lugar de la fiscalización. Pidió acoger el recurso y revocar la sentencia de primer grado, declarando que no existió infracción a la normativa citada, según los hechos consignados en la denuncia, y dejar sin efecto la multa impuesta. 2°.- Que, el análisis de los antecedentes allegados a la causa permite a esta Corte concluir que la sentencia impugnada vulnera el debido proceso en cuanto a las normas de ponderación de la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica, pues, de su sola lectura emana que para dar por establecida la infracción denunciada y aplicar la sanción pecuniaria impugnada, la juzgadora consideró como parte de la prueba la declaración prestada por el funcionario policial fiscalizador Daniel Salinas García el día 16 de julio de 2022, la que rola a fojas 11 del expediente digitalizado, quien expuso que el día 13 de junio del mismo año, a las 10:30 horas, notificó a la empresa The Best Security SPA, RUT 77.013.5
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Arica, cuatro de abril de dos mil veintitrés. VISTO: Se reproduce la sentencia apelada de 19 de octubre de 2022, escrita a fojas 46 y siguientes del expediente digitalizado, salvos sus motivos séptimo a noveno, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: 1º.- Que apeló el abogado Daniel Zeltzer Froimovich, por haberse aplicado a su representada Becza Gestión S.A. una multa de 25 i
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