MINISTERIO PUBLICO C/ NICOLAS FRANCISCO AROS AROS
Rol
Fecha
3 de abril de 2023
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se CONFIRMA la resolución apelada de veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, por constituir la libertad del imputado un peligro para la seguridad de la sociedad. Se previene que la Ministra Sra. María Soledad Piñeiro Fuenzalida, estuvo por confirmar la resolución en alzada en los términos decretados por el juez a quo. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 494 – 2023 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 3 de abril de 2023. Felipe Cancino Concha Relator En Valdivia, tres de abril de dos mi veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad. A continuación alega el Ministerio Público, quien pide se confirme la resolución en alzada, en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que fundamenta en la audiencia. Sólo la defensa hace uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Se CONFIRMA la resolución apelada de veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, por constituir la libertad del imputado un peligro para la seguridad de la sociedad. Se previene que la Ministra Sra. María Soledad Piñeiro Fuenzalida, estuvo por confirmar la resolución en alzada en los términos decretados por el juez a quo. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 494 – 2023 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 3 de abril de 2023. Felipe Cancino Concha Relator En Valdivia, tres de abril de dos mi veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA TRES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA –POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA–DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2300121573-6, RIT 415–2023. ROL CORTE 494–2023. Siendo las 09:15 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de los (as) Ministros (as) Sr. Juan Ignacio Cor
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