SIN INFORMACION

SAGREDO/ISAPRE CRUZBLANCA S.A.

Rol

Fecha

3 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la abogada Estefanía Elizama Zurita, en nombre de Vicente Sagredo Fernández, recurre de protección de Garantías Fundamentales, en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., representada por don Francisco Manuel Amutio García. Funda su recurso en los actos arbitrarios e ilegales en que aquella incurre, cometidos al informar el término al contrato de salud, fuera de las facultades que le confiere el D.F.L. Nº1el cual fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº2.763 y de las leyes Nº18.933 y Nº18.469, como asimismo, el contrato “suscrito” entre las partes. La Isapre mencionada ha incurrido en un acto arbitrario e ilegal que ha privado, perturbado y amenazado su legítimo derecho contemplado en el artículo 19 Nº 1, Nº 9 y Nº 24, de la Carta Política. Refiere que el recurrente en el mes de noviembre del año 2015 suscribió contrato de salud con institución CRUZ BLANCA S.A, plan CRECER JUNTOS ESPECIAL 519 con una cotización pactada de 7.240 UF. ($257.163.-) Con fecha 18 de octubre del año 2022, el recurrente interpone recurso de protección por “ALZA GES” Protección – N° 74477 – 2022. C.A. de Concepción, adjuntando certificado de afiliación vigente de fecha 18 octubre del año 2022, a lo que la recurrida con fecha 16 de noviembre del año 2022 evacua informe señalando lo siguiente: “Que por este acto vengo en evacuar informe requerido por S.S. Iltma. en estos autos, a fin de que el recurso sea rechazado en todas sus partes por improcedente, toda vez que el Sr.(a), “Vicente Andrés Sagredo Fernández Rut N° 17042146-9 no es afiliado de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., por lo que no es posible que esta parte responda evacuando informe sobre el recurso interpuesto. Esto consta en certificado de desafiliación que se acompaña en esta presentación, lo que demuestra que el recurrente ya no mantiene un vínculo contractual con ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., no estando afiliado a esta” ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. acompaña un certificado de desafiliación web de fecha 28/10/2022; Es efectivo que en dicha fecha el recurrente autos ingreso solicitud de desafiliación con la Isapre por el aumento desproporcional en el valor del plan contratado, pero la recurrida no menciona que fue contactado a la brevedad por un ejecutivo de dicha institución para realizar una contención y ofrecer alternativas para que la desafiliación no se hiciere efectiva. Refiere que el 22 de febrero del año en curso, al enterarse de tal situación, accede a página web de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. a verificar si se encontraba afiliado, por lo cual realiza la solicitud de certificado de afiliación en el cual se constata que aun su plan se encontraba vigente. Posterior a la recepción de dicho documento se contacta vía telefónica con la Isapre recurrida para preguntar qué sucede, a lo que se le indica que a pesar de que su plan se encuentra vigente no puede acceder a beneficios como realizar compra de bonos de salud. Como antecedente a tener presente y que la Isapre no toma

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además lo prevenido en los artículos 19 y 20 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el intentado por la abogada Estefanía Elizama Zurita, en nombre de Vicente Sagredo Fernández y en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 14 del referido Auto Acordado. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redactada por el Ministro señor Jordán. Rol N° 3246-2023 - Protección.

Texto Completo (Preview)

Concepción, tres de abril del año dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la abogada Estefanía Elizama Zurita, en nombre de Vicente Sagredo Fernández, recurre de protección de Garantías Fundamentales, en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., representada por don Francisco Manuel Amutio García. Funda su recurso en los actos arbitrarios e ilegales en que aquella incurre, cometidos al

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