YOUSELINE ROSANA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
3 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados José Manuel Sandoval Gómez y Patricio Antonio Valdivia Valdivia, para interponer acción constitucional de protección en favor de Youseline Rosana, haitiana, vendedora, todos domiciliados, para efectos de la presente causa, en Los Tilos 1644, comuna de San Ramón, Santiago, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, domiciliado en calle Matucana 1223, comuna y ciudad de Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria en que ha incurrido, por la falta de pronunciamiento respecto de la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, infringiendo, con dicha omisión, el principio de igualdad ante la ley, conforme a lo preceptuado en el Artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Indica que su representada ingresó al país con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Luego, cumpliendo con la totalidad de los requisitos legales, el 16 de noviembre de 2021, solicita el beneficio de Permanencia Definitiva. Señala que actualmente, habiendo transcurrido más de un año, su solicitud aún está en etapa de “análisis resolutivo”. Así, a la fecha, la recurrida no se ha pronunciado sobre la solicitud de Permanencia Definitiva realizada, encontrándose, la recurrente, en un estado de incertidumbre migratoria y en total vulnerabilidad, puesto que, mientras la solicitud del beneficio esté en trámite, se ve limitado su accionar cotidiano en el país, al tener una cédula de identidad vencida. Pide se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de la recurrente en el plazo de 15 días, o aquel que esta Corte establezca, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que informa al tenor del recurso Valentina Gómez Baltán, abogada del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo y alegando la improcedencia de una eventual condena en cos
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Youseline Rosana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y se ordena al recurrido que dentro del plazo de treinta días corridos emita un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº 50-2023 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, tres de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados José Manuel Sandoval Gómez y Patricio Antonio Valdivia Valdivia, para interponer acción constitucional de protección en favor de Youseline Rosana, haitiana, vendedora, todos domiciliados, para efectos de la presente causa, en Los Tilos 1644, comuna de San Ramón, Santiago, en contra de
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