BANCO ITAU CHILE / VÁSQUEZ
Rol
Fecha
3 de abril de 2023
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: En la sentencia en alzada se introducen las siguientes modificaciones: i. En el motivo primero se reemplaza la palabra “pagaré” por “mutuo”. ii. Se elimina el párrafo segundo del motivo sexto. iii. En el segundo párrafo del motivo décimo primero se reemplaza la frase “el computo del plazo de un año establecido en el artículo de la referida Ley N° 18.092” por la siguiente: “el computo del plazo de tres años del artículo 2515 del Código Civil” iv. En el motivo décimo segundo se reemplaza la frase “, prescrita en el artículo 98 de la Ley N°18.092, por lo que se acogerá la excepción de prescripción respecto del pagaré de autos” por la siguiente: “prescrita en el artículo 2515 del Código Civil, por lo que se acogerá la excepción de prescripción respecto del mutuo de autos”. Y atendido el mérito de los antecedentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de treinta de abril del año dos mil veinte, dictada por el 16°Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase vía interconexión. N° 7601-2020 - Civil.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Marcelo Pereira por el recurso. Santiago, 3 de abril de 2023. Santiago, tres de abril de dos mil veintitrés. Al escrito folio N°17: Téngase presente. Vistos: En la sentencia en alzada se introducen las siguientes modificaciones: i. En el motivo primero se reemplaza la palabra “pagaré” por “mutuo”. ii. Se elimina el párrafo segundo del mo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica