MANRÍQUEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LA FLORIDA
Rol
Fecha
3 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el abogado Javier Medina Casanova, a nombre y en representación de Eduardo Manríquez Ramírez, deduce acción de protección en contra de la Municipalidad de Florida, representada por el Alcalde Jorge Eliecer Roa Villegas o por quien lo subrogue o reemplace, por los actos administrativos emanados de dicho órgano del Estado. Refiere que pretende que la Corte de Apelaciones restablezca el imperio de los máximos derechos consagrados constitucionalmente, a través de un control judicial de legalidad de las actuaciones arbitrarias e ilegales emanadas de los pronunciamientos de la señora fiscal y de la Municipalidad de Florida y en especial del Decreto N° 018 de fecha 5 de enero del año 2023, que han ocasionado una afectación a los derechos fundamentales consagrados en números 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República, circunscribiendo el objeto del recurso a la revisión de la legalidad de la decisión adoptada, mas no el mérito de la misma, comprendiendo el análisis de la razonabilidad de las medidas adoptadas y la debida observancia del principio de proporcionalidad, presupuestos inobservados en los actos administrativos recurridos, más aún, en el presupuesto de que el ilícito argüido constituye un numerus apertus, contraviniendo los principios de tipicidad y de reserva legal, y que, por el respeto a las garantías judiciales de protección de los derechos, requiere de un recurso adecuado y efectivo para impetrar el correspondiente control jurisdiccional para la tutela de las garantías fundamentales transgredidas. Expresa que su representado ingresó a la Municipalidad de Florida el 02 de abril del año 2018, en calidad de contrata grado 12 y posteriormente con el 13 agosto del año 2019 fue elegido presidente de la asociación de funcionarios de la Municipalidad de Florida (ASFUMFLO).- El día 05 de mayo de 2022, mediante la Decreto Alcaldicio N° 550 se ordena instruir sumario administrativo contra de funcionario municipal don Eduardo Manríquez Ramírez, encargado de informática de la Municipalidad, contrata grado 12 E.U.M por su eventual responsabilidad en irregularidades detectadas en el proceso de permisos de circulación del período Febrero Marzo 2022, denunciadas por el Director de Tránsito don Marcos Diocaretz Vistoso por medio de ordinario sin número de fecha 28 de abril de 2022. En la etapa conclusiva del sumario administrativo, la señora fiscal y el señor alcalde, resuelven aprobar la sanción propuesta de destitución, sin considerar ninguna de las alegaciones vertidas en el proceso, como tampoco, las atenuantes concurrentes al caso concreto y sin motivar adecuadamente el correspondiente acto administrativo, homologando disposiciones normativas improcedentes al caso concreto y considerándola únicamente como “comentarios de carácter formal. Con fecha 09 de enero 2023, se le notifica del rechazo del recurso de reposición interpuesto, en atención a que, con el ejercicio de dichos derechos administrativos en el agotam
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo prevenido en los artículos 19 y 20 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el intentado por el abogado Javier Medina Casanova, a nombre y en representación de Eduardo Manríquez Ramírez, en contra de la Municipalidad de Florida representada por su alcalde Jorge Roa Villegas. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 14 del referido Auto Acordado. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redactada por el Ministro señor Jordán. Rol 2379-2023 - Protección.
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Concepción, tres de abril del año dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el abogado Javier Medina Casanova, a nombre y en representación de Eduardo Manríquez Ramírez, deduce acción de protección en contra de la Municipalidad de Florida, representada por el Alcalde Jorge Eliecer Roa Villegas o por quien lo subrogue o reemplace, por los actos administrativos emanados de dicho órgan
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