MP C/ MATIAS DARWIN REYES SOTO
Rol
Fecha
1 de abril de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Que si bien la naturaleza del delito es un hecho que nuestra legislación considera grave, teniendo en especial consideración la irreprochable conducta anterior del imputado y el lazo familiar con la víctima, se estima que la prisión preventiva no resulta proporcional a dichos antecedentes, sin perjuicio de lo cual se requiere imponerle otra medida cautelar que permita mantenerlo vinculado a los actos del procedimiento; y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 155, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 2802-2023, con declaración, que se decreta la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, desde las 22:00 horas hasta las 6:00 horas del día siguiente, según lo dispuesto en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, debiendo precisar el abogado defensor en el Tribunal de Garantía, la ubicación exacta del domicilio donde cumplirá con la medida cautelar decretada, para los efectos de controlar su cumplimiento. Dese orden de libertad, si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol I. Corte 610-2023- Penal.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, uno de abril de dos mil veintitrés. Vistos: Que si bien la naturaleza del delito es un hecho que nuestra legislación considera grave, teniendo en especial consideración la irreprochable conducta anterior del imputado y el lazo familiar con la víctima, se estima que la prisión preventiva no resulta proporcional a dichos antecedentes, sin perjuicio de lo cual se requiere i
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica