SIN INFORMACION

LOUISIUS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

3 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: Que, en folio 1, comparece Junior Louisius, de nacionalidad haitiana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver la solicitud de permanencia definitiva solicitada con fecha 28 de julio de 2021, lo que conculca su garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Afirma que dicha omisión ha trasgredido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y con ello la garantía constitucional de igualdad ante la ley de la recurrente, por lo que solicita instruir a la recurrida para que se pronuncie sobre la mencionada petición. A folio 11, Atendido el tiempo transcurrido y la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se prescinde del informe solicitado a la recurrida, y se traen los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante este recurso se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho, ante la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Segundo: Que, teniendo presente la fecha de inicio de tramitación de la solicitud del actor, y no constando pronunciamiento terminal al respecto, aparece que ha existido una dilación excesiva en su tramitación, lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la solicitudes de permanencia definitiva, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, razones por las cuales se acogerá la presente acción.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Junior Louisius, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad migratoria recurrida dentro del plazo de sesenta días hábiles, emitir pronunciamiento, conforme a derecho. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Protección-2138-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, tres de abril de dos mil veintitrés. VISTO: Que, en folio 1, comparece Junior Louisius, de nacionalidad haitiana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver la solicitud de permanencia definitiva solicitada con fecha 28 de julio de 2021, lo que conculca su garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de l

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