BAHAMONDES/SUPERINTENDENCIA SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
31 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDO SIN COSTAS
Hechos
VISTO: En folio 1 de estos antecedentes Rol Corte 105781-2022 comparece deduciendo recurso de protección Boris Eugenio Bahamondes Cofré, cédula de identidad N°14.468.396-K, trabajador dependiente, domiciliado en calle Las Araucarias N°331, Pabellón Agua Potable, en Lota. Lo hace patrocinado por el abogado Pablo Javier Ignacio Andrade Herrera, cédula de identidad N°17.345.374-4, con domicilio en calle San Martín N°553, oficina 904, en Concepción. Lo dirige en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, representada por Claudio Reyes Barrientos, domiciliados en Pasaje Diego Portales N°530, Concepción. El acto que denuncia ilegal y arbitrario y que sirve de fundamento al recurso es la resolución exenta N° R-01-UME-145786-2022, de 27 de octubre de 2022, expedida por la Superintendencia de Seguridad Social, que confirma el rechazo de las licencias médicas N°s 7429243-7; 7696707-5; 7971664-2; y 8363837-0, extendidas por un total de 97 días a contar del 12 de septiembre de 2021 y hasta el 17 de diciembre de 2021, expedido doblemente por la Subcomisión Concepción de la Compin Región del Biobío, en primera instancia y luego conociendo de un recurso de reposición,
Fundamentos
considerando la Superintendencia suficiente el reposo ya autorizado de 125 días para la resolución del cuadro clínico y su reintegro laboral. El diagnóstico de las licencias es trastorno depresivo moderado. Explica que es mecánico, trabaja en la empresa Sigdo Koppers actualmente en el “Proyecto MAPA” y que sus labores fueron complejas durante el tiempo de la pandemia, porque la empresa adoptó deficientes medidas de protección para sus trabajadores, convirtiéndose el lugar de trabajo en un foco de contagios que le provocó gran ansiedad y angustia, tanto por los riesgos inminentes a contagiarse como por la disminución constante de personal. El círculo familiar lo aisló. Todo lo anterior le originó un trastorno depresivo moderado, que palió con fármacos (risperdiona, sertralina y otros), tratamiento psiquiátrico a cargo de la doctora Jessica Mendoza Intriago y psicoterapia, incluida una cadena de licencias médicas, todo lo cual contribuyó a su mejoría, reincorporándose al trabajo en diciembre de 2021. Arguye que el 12 de agosto de 2022 reclamó ante la Superintendencia de Seguridad Social respecto del rechazo de la COMPIN respecto de las cuatro últimas licencias médicas que se le extendieron, correspondientes a las arriba singularizadas, pero la Superintendencia ratificó ese rechazo en resolución exenta infundada, argumentando sólo que el reposo prescrito no se encontraba justificado, con vaga referencia a documentación acompañada consistente en informes, pero sin analizarla ni dar a conocer al administrado como es que el organismo llega a este convencimiento que tan brevemente expone, dejándolo en la indefensión en cuanto a poder controvertir su contenido y argumentos, sean jurídicos o médicos, siendo legítimo preguntarse cuáles son verdaderamente las razones por las que se deniega el recurso de reposición y se confirma la negativa en orden a la aceptación de las licencias médicas y subsecuente pago de subsidios. En su concepto, la recurrida no valoró debidamente los antecedentes acompañados en las instancias administrativas, lo que tornaría arbitraria su resolución por carecer de justificación racional. Agrega que en ningún momento se acompaña un informe médico emitido por un profesional del área que contradiga el trabajo realizado por la médica psiquiatra Jessica Mendoza Intriago. Tampoco se le ha realizado una evaluación por parte de un profesional de la salud mental, con el objeto de entregar un diagnóstico distinto del presentado como fundante de las licencias médicas. No se ha desvirtuado la documentación que acompañó en cada una de las instancias administrativas para obtener el pago de las licencias médicas en cuestión, en especial lo que dice relación con los informes médicos que dan cuenta del proceso de su tratamiento. No se hace referencia por la COMPIN ni por la SUSESO a los eventos, hechos y/o situaciones que desencadenaron su tratamiento médico de carácter psiquiátrico, el que incluyó el consumo de fármacos y psicoterapia para sobrel
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que: I.- Se rechaza la excepción de improcedencia promovida por la Superintendencia de Seguridad Social. II.- SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Boris Eugenio Bahamondes Cofré, cédula de identidad N°14.468.396-K, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, en cuanto se deja sin efecto la decisión contenida en la resolución exenta N° R-01-UME-145786-2022, de 27 de octubre de 2022, dictada la Superintendencia de Seguridad Social, en la parte que por su “Resuelvo” confirma el rechazo de las licencias médicas N°s 7429243-7; 7696707-5; 7971664-2; y 8363837-0 por parte de la Subcomisión Concepción de la Compin Región del Biobío, teniéndose en su lugar por aprobadas esas cuatro licencias médicas, debiendo la Superintendencia de Seguridad Social disponer el inmediato pago del subsidio correspondiente a todas ellas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Oportunamente dese cumplimiento a lo previsto en el numeral 14 del Auto Acordado más arriba aludido, comunicándose la sentencia a las partes. Redacción del ministro Hadolff Gabriel Ascencio Molina. N°Protección-105781-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: En folio 1 de estos antecedentes Rol Corte 105781-2022 comparece deduciendo recurso de protección Boris Eugenio Bahamondes Cofré, cédula de identidad N°14.468.396-K, trabajador dependiente, domiciliado en calle Las Araucarias N°331, Pabellón Agua Potable, en Lota. Lo hace patrocinado por el abogado Pablo Javie
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