CATALINA ROMERO ROJAS / MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO
Rol
Fecha
31 de marzo de 2023
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En estos antecedentes RUC 22-4-0416285-7 RIT O-367-2022, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, por sentencia de once de noviembre de dos mil veintidós, se rechazó –sin costas- la demanda de nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales interpuesta por doña Catalina Raquel Romero Rojas en contra de la I. Municipalidad de San Bernardo. Contra la aludida sentencia el abogado Sr. Pedro Ignacio Peña Sánchez, en representación de la parte demandante, dedujo recurso de nulidad esgrimiendo como causal principal la contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo,
Fundamentos
considerando que el
Fallo
fallo ha omitido el requisito establecido en el artículo 459 N° 4 del mismo código; en subsidio, opuso la causal del artículo 477 del referido cuerpo legal, esto es, por haberse dictado el fallo con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del mismo. Pide se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo en que se acoja íntegramente la demanda, con costas. Por resolución de dos de diciembre del año pasado, la Sala Tramitadora de esta Corte declaró admisible el recurso interpuesto, que fue conocido en audiencia del nueve de marzo en curso, escuchándose los alegatos de ambas partes. CON LO OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, luego de referir los antecedentes del pleito y lo resuelto respecto de la demanda, el recurso desarrolla la primera causal invocada, prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, esto es, la omisión de los requisitos legales de la sentencia: afirma el recurrente que la de autos no cumple con aquellos establecidos en el artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo, a saber “el análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación”, pues se limita a transcribir la prueba rendida por ambas partes, sin considerar su contenido total ni analizarlo, particularmente su prueba testimonial. Aporta a continuación elementos doctrinarios y jurisprudenciales sobre el concepto de “análisis de toda la prueba rendida”. Reproduce los considerandos 9°, 10° y 13° de la sente
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San Miguel, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: En estos antecedentes RUC 22-4-0416285-7 RIT O-367-2022, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, por sentencia de once de noviembre de dos mil veintidós, se rechazó –sin costas- la demanda de nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales interpuesta por doña Catalina Raquel Romero Rojas en
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