SIN INFORMACION

MUÑOZ/IRIARTE V. CONJUNTA 73-2022/CIVIL..

Rol

Fecha

31 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

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Hechos

C.A. de Talca Talca, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés. PRIMERO: Que, comparece el abogado Max Piderit Schleyer en representación de don LUIS ALBERTO MUÑOZ LORCA, en causa caratulada “Rodríguez con Arteaga”, Rol N° 3331-2020, seguida ante el Primer Juzgado de Letras de Curicó, quien de conformidad a lo previsto por el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 4 de Agosto de 2022 dictada por la Jueza María Alejandra Orellana Yáñez mediante la cual no concedió el recurso de apelación subsidiario interpuesto por su parte. Señala que con fecha 22 de junio de 2022, interpuso recurso de reposición, con nuevos antecedentes, respecto de la resolución de fecha 29 de diciembre de 2021, señalando en su parte petitoria “POR TANTO A SS RUEGO acceder a acceder a esta reposición con nuevos antecedentes generados por el propio Tribunal y pronunciarse sobre la evicción pedida y acceder a otorgarla, solicitud que se lee en el tercer otrosí del escrito de esta parte de fecha 24 de septiembre de 2021, folio 2 del cuaderno de incidente general 3.0. Para el evento que US. decida rechazar este recurso de reposición con nuevos antecedentes, apelo por los mismos razonamientos de hecho y de derecho vertidos y consignados en lo principal de este escrito”. El Tribunal resolvió el 4 de agosto de 2022, lo siguiente: “(…) 4°) Que, resulta también oportuno establecer que el presente recurso de reposición se sigue en contra de la resolución de folio 14 por la cual, en lo pertinente, se resolvió rechazar la solicitud de citación de evicción de folio 2. Sin embargo, cabe agregar que la parte recurrente ya ha impugnado dicha resolución por medio del recurso de apelación de folio 15, el que se encuentra pendiente de pronunciamiento por parte de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca. 5°) Que, así las cosas, aun cuando la reposición esta vez intentada se funda en la existencia de nuevos antecedentes, lo cierto es qu

Fundamentos

considerando que esta forma de interposición resulta tener el carácter de especial o extraordinaria según se haya permitido por el legislador, lo que en la especie no ocurre debiendo haberse impugnado derechamente por medio del referido recurso,

Fallo

POR TANTO A SS RUEGO acceder a acceder a esta reposición con nuevos antecedentes generados por el propio Tribunal y pronunciarse sobre la evicción pedida y acceder a otorgarla, solicitud que se lee en el tercer otrosí del escrito de esta parte de fecha 24 de septiembre de 2021, folio 2 del cuaderno de incidente general 3.0. Para el evento que US. decida rechazar este recurso de reposición con nuevos antecedentes, apelo por los mismos razonamientos de hecho y de derecho vertidos y consignados en lo principal de este escrito”. El Tribunal resolvió el 4 de agosto de 2022, lo siguiente: “(…) 4°) Que, resulta también oportuno establecer que el presente recurso de reposición se sigue en contra de la resolución de folio 14 por la cual, en lo pertinente, se resolvió rechazar la solicitud de citación de evicción de folio 2. Sin embargo, cabe agregar que la parte recurrente ya ha impugnado dicha resolución por medio del recurso de apelación de folio 15, el que se encuentra pendiente de pronunciamiento por parte de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca. 5°) Que, así las cosas, aun cuando la reposición esta vez intentada se funda en la existencia de nuevos antecedentes, lo cierto es que conforme a lo ya obrado en este procedimiento y dada la naturaleza jurídica de la resolución recurrida, esta solo resulta ser objeto de recurso de apelación y no de reposición como se ha intentado, razón por la que se deber rechazar la impugnación pretendida, tal como se dirá en lo resolutivo. Por

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C.A. de Talca Talca, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés. PRIMERO: Que, comparece el abogado Max Piderit Schleyer en representación de don LUIS ALBERTO MUÑOZ LORCA, en causa caratulada “Rodríguez con Arteaga”, Rol N° 3331-2020, seguida ante el Primer Juzgado de Letras de Curicó, quien de conformidad a lo previsto por el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, interpone recurso de

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