2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ALTAMIRANO/FACTORING GERENACIÓN S.A.

Rol

Fecha

5 de abril de 2023

Materia

FERIADO LEGAL

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, la resolución impugnada – rechaza la solicitud de entorpecimiento de la parte denunciada. – no comparte, desde que si bien se trata de una sentencia interlocutoria, no pone término al juicio ni hace imposible su continuación , ni se pronuncia sobre medida cautelar alguna. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte denunciada, a folio 125, el veinticinco de marzo del presente año, en contra de la resolución dictada el veintidós de marzo de dos mil veintitrés, a folio 22. Devuélvase, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-1012-2023.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte denunciada, a folio 125, el veinticinco de marzo del presente año, en contra de la resolución dictada el veintidós de marzo de dos mil veintitrés, a folio 22. Devuélvase, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-1012-2023.

Texto Completo (Preview)

cmos C.A. de Santiago Santiago, cinco de abril de dos mil veintitrés. Al folio 3: A todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de l

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