INMOBILIARIA E INVERSIONES GREENE SPA CON OTROS
Rol
C-46-2017
Fecha
26 de enero de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en estos autos ejecutivos RIT C-46-2017, seguidos ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, comparece don ESTEBAN ANDRÉS GREENE WELLER, empresario, en representación de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES GREENE Y COMPAÑÍA LIMITADA, quien interpone demanda incidental de tercería de posesión en contra de los ejecutantes, ALBERTO ENRIQUE RUBILAR ÁLVAREZ, trabajador, domiciliado en Pasaje Arlequín 10650, comuna de La Pintana, HÉCTOR HUGO OLIVARES ECHEVERRÍA, trabajador, domiciliado en Parque Puyehue 2432, comuna de San Bernardo, y en contra de los ejecutados, las sociedades DISTRIBUIDORA METROPOLITANA DE COMBUSTIBLE LIMITADA, INVERSIONES LOS LAGOS S.A., COMERCIAL SANTA FE S.A., INVERSIONES CRUZ DEL SUR S.A., INVERSIONES PATAGONIA S.A., TRANSMET TRANSPORTES S.A. e INVERSIONES GREENE LIMITADA, todas del giro de su denominación y representadas por RICARDO GREENE ZUÑIGA, ingeniero civil, domiciliadas, según lo señalado en estos autos, en San Diego N°1409, comuna de Santiago; solicitando se declare que los dineros embargados en la Cuenta Corriente N° 40936688, del Banco Santander Chile se encuentran bajo la posesión de su representada y que, en consecuencia, se disponga el alzamiento del embargo, con costas. Señala al efecto, en síntesis, que con fecha con fecha 19 de Noviembre de 2021 revisando el estado de la Cuenta Corriente N° 40936688, del Banco Santander Chile, se percata que hay un cargo por concepto de embargo judicial del Banco Santander Chile, constatando que se ha seguido la presente ejecución contra su representada, como si fuese parte de la presente causa, como deudora principal, e incluso se embargaron dineros en la cuenta corriente de propiedad de su representada, en la suma de $ 2.876.520.- Sin embargo, su representada no es la persona jurídica, a la cual se condenó en la sentencia definitiva ya referida, ya que ésta corresponde a INVERSIONES GREENE LIMITADA, con domicilio San Diego N° 1409, Santiago. En efecto, añade que la razón social actual de su representada es “INMOBILIARIA E INVERSIONES GREENE Y COMPAÑÍA SPA”, cuyo rol único tributario es el N° 79.857.120-6, cuyo representante legal es don Esteban Andrés Greene Weller, sociedad que tuvo como razón social original “INMOBILIARIA E INVERSIONES GREENE Y COMPAÑÍA LIMITADA”. En consecuencia, explica, que la demanda declarativa se intentó contra INVERSIONES GREENE LIMITADA, sin embargo, el rol único tributario que se consigna en el libelo corresponde a Inversiones Los Lagos S.A, según la información de Servicio Impuestos Internos. Finalmente, indica que, en la contestación de la demanda, las empresas demandadas, comparecen con un único representante legal, que es el señor Ricardo Greene Zúñiga, quien compareció por INMOBILIARIA E INVERSIONES GREENE S.A. En dicha contestación no se hace mención alguna al o a los roles único tributarios que correspondan a cada una de las empresas. Ahora, según documentación emanada del Servicio de Impuestos
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda incidental de tercería de posesión interpuesta por INMOBILIARIA E INVERSIONES GREENE Y COMPAÑÍA LIMITADA, contra el ejecutante, ALBERTO ENRIQUE RUBILAR ÁLVAREZ, trabajador, y HÉCTOR HUGO OLIVARES ECHEVERRÍA, trabajador, y en contra de los ejecutados, las sociedades DISTRIBUIDORA METROPOLITANA DE COMBUSTIBLE LIMITADA, INVERSIONES LOS LAGOS S.A., COMERCIAL SANTA FE S.A., INVERSIONES CRUZ DEL SUR S.A., INVERSIONES PATAGONIA S.A., TRANSMET TRANSPORTES S.A. e INVERSIONES GREENE LIMITADA, todas del giro de su denominación y representadas por RICARDO GREENE ZUÑIGA. II. Que, deberá alzarse el embargo trabado sobre los fondos existentes en la corriente 40936688 del Banco Santander, correspondiente al RUT 79.857.120-6, correspondiente a INVERSIONES E INMOBILIARIA GREENE Y CIA. LTDA., por la suma de $2.876.520.- III. Que cada parte pagará sus costas. - Regístrese, Notifíquese y Archívese en su oportunidad RIT: C-46-2017 RUC: 15-4-0035723-1 Proveyó Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Bernardo a veintiseis de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. /vpt 2022-01-26T10:46:43-0300 Firma Firma 1
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San Bernardo, veintiseis de enero de dos mil veintidós. - Como se pide. Estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en estos autos ejecutivos RIT C-46-2017, seguidos ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, comparece don ESTEBAN ANDRÉS GREENE WELLER, empresario, en representación de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES GREENE Y COMPAÑÍA LIMITADA, quien inte
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