JORQUERA ORREGO, CLAUDIO GABRIEL ANTONIO/ JUZGADO DE GARANTÍA DE ILLAPEL
Rol
Fecha
31 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Javier Alejandro Concha Ramírez, abogado, defensor penal público, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Claudio Gabriel Antonio Jorquera Orrego, imputado en la causa RIT 1-2023, RUC N.º 2300000075-2, del Juzgado de Garantía de Illapel, en razón de haberse dispuesto el arresto del actor por 5 días conforme a lo prescrito en el artículo 10 de la Ley N°20.066 a pesar de haberse decretado la suspensión del procedimiento en virtud de lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal. Expone que el 01 de enero de 2023 se controló la detención del amparado a quien se atribuyó responsabilidad como autor de un delito de desacato previsto en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, en base a los siguientes hechos: “El día 31 de diciembre de 2022, a las 20:55 horas aproximadamente, el imputado Claudio Gabriel Jorquera Orrego, intentó hacer ingreso al domicilio de su madre la víctima doña María Elena Orrego Guerrero, ubicado en calle Freire N°051, comuna de Illapel, negándose la víctima a dejarlo ingresar, procediendo el imputado a tomarla de los brazos lanzándola al suelo, existiendo a su respecto medida cautelar del artículo 92 N°1 de la Ley 19.968 de Tribunales de Familia, fijada en causa Rit F-385-2022 del Juzgado de Familia de Illapel, de fecha 28 de diciembre de 2022, consistente en la salida inmediata de dicho domicilio que compartía con la víctima y prohibición del imputado de acercarse a la víctima y a su domicilio en un radio de 200 metros, medida que incluía la prohibición de comunicaciones por cualquier medio, inclusive redes sociales.”. Expresa que en dicha oportunidad no se contó con antecedentes que permitieran sostener un debate relativo a la suspensión del procedimiento. Refiere que, posteriormente, el actor nuevamente objeto de detención, la cual fue controlada en audiencia de 27 de marzo de 2023, en la cual se reformaliza la investigación, atribuyéndosele responsabilidad como autor de dos nuevos delitos de desacato, por haberse incumplido la misma medida cautelar decretada en favor de su madre. Sostiene que, luego de ser reformalizada la investigación en los términos ya señalados, la defensa solicita la suspensión del procedimiento conforme al artículo 458 del Código Procesal Penal a partir de antecedentes proporcionados por el propio Ministerio Público, accediendo el tribunal a lo solicitado. Indica que, no obstante la suspensión dispuesta, el tribunal decreta, a petición del Ministerio Público, el arresto del amparado por 5 días, conforme al artículo 10 de la Ley N°20.066. Arguye que la medida dispuesta amaga en forma indebida la libertad personal del actor puesto que no sería legalmente procedente la imposición de medidas cautelares personales al haberse suspendido el procedimiento por sospecha de enajenación mental. Aduce que no sería aplicable, en particular, las medidas cautelares y sanciones previstas en la Ley N°20.066 en tanto el artículo 464 del Código
Fallo
por tanto, se accedió a la solicitud de la fiscalía de disponer el arresto del imputado por 05 días, estimando que “ello sería suficiente disuasivo para que comprendiera la importancia y seriedad de la medida que se le había impuesto”. Estima que no ha existido un acto ilegal o arbitrario que afecte la libertad personal o seguridad individual del amparado, al haberse adoptada la medida dentro de los márgenes legales, precedida de debate, y fundada en los antecedentes aportados por los intervinientes. TERCERO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Y agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. CUARTO: Que, en el presente caso se cuestiona la decisión de la jueza recurrida de haber impuesto al actor la sanción de arresto por cinco días por incumplimiento de medidas cautelares decretadas en favor de su madre, conforme al artículo 10 de la Ley N°20.066, en circunstanci
Texto Completo (Preview)
Jorquera Orrego, Claudio Juzgado de Garantía de Illapel Recurso de Amparo Rol N° 108-2023.- La Serena, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Javier Alejandro Concha Ramírez, abogado, defensor penal público, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Claudio Gabriel Antonio Jorquera Orrego, imputado en la causa RIT 1-2023, RUC N.
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica