FRANCOIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
31 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, quien en favor de doña Micheline Francois, haitiana, domiciliada para estos efectos en Pasaje Bio Bio Nº 0160, Puente Alto, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su petición de permanencia definitiva solicitada el 23 de septiembre de 2020, lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo del derecho consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida el otorgamiento del acto administrativo terminal referente a la solicitud de residencia definitiva de la recurrente. Segundo: Que informaron don Nicolás Cornejo Montenegro y doña Valentina Gómez Baltán, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes ya que la presente acción de protección ha perdido oportunidad y eficacia al haberse pronunciado este Servicio respecto de la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente. Indican que el 23 de septiembre de 2020 la recurrente solicitó su permanencia definitiva, informándole el 22 de noviembre de 2021, por medio de Comunicación Electrónica Folio Nº 20484637 que su solicitud se encontraba incompleta otorgándole un plazo de 5 días hábiles, en cumplimiento con el artículo 31 de la Ley 19.880, para que la subsane, haciendo entrega de documentos adicionales. Concretamente, se requirió que entregara Certificado de antecedentes del país de origen apo
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por Micheline Francois, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°239-2023 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, quien en favor de doña Micheline Francois, haitiana, domiciliada para estos efectos en Pasaje Bio Bio Nº 0160, Puente Alto, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Se
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