CÁCERES ESCALONA CRISTIAN/SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL - (LTE)
Rol
Fecha
31 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, comparece don CRISTIÁN CÁCERES ESCALONA, abogado, domiciliado en Avenida Vitacura 2909 oficina 304, comuna de Las Condes, en representación de RECICLAJES RECILAMP SpA, en relación con los autos seguidos ante el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, caratulados “Reciclajes Recilamp SpA con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Santiago Oriente” RIT GR-17-00005- 2017 RUC 17-9-0000059-6, seguido ante el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 21 de diciembre de 2022, la que declaró inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario deducido a su vez en contra de la resolución que rechazó la solicitud de ordenar la remisión de los antecedentes que obran en poder del Servicio de Impuestos internos y que fueron aportados en el proceso de fiscalización, a fin de que se declare admisible dicha apelación. Manifiesta que con fecha 18 de octubre de 2022, dentro del término probatorio, solicitó la remisión por parte del Servicio de Impuestos Internos de los antecedentes que obran en su poder, petición que fue rechazada por resolución dictada el 25 del mismo mes y año, cuyo tenor es el siguiente: “Siendo obligación de las partes aportar la prueba al proceso y no constando la negativa del Servicio de Impuestos Internos, no ha lugar”. Expone que contra dicha resolución interpuso un recurso de apelación en subsidio a la reposición, el que fue denegado, por improcedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 133 del Código Tribunal, razonamiento que su opinión es errado, toda vez que la mencionada resolución es una sentencia interlocutoria que otorga derechos permanentes a las partes, causándole agravio al no permitirle rendir prueba en el proceso, de modo que el recurso de apelación sería procedente conforme lo prevé el artículo 139 del cuerpo legal mencionado, puesto que se trataría de una resolución que hace imposible la continuación d
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado CRISTIÁN CÁCERES ESCALONA, en representación de RECICLAJES RECILAMP SpA, contra la resolución dictada el veintiuno de diciembre de dos mil veintidós, por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en la causa RIT GR-17-00005- 2017. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Tributario Y Aduanero-316-2022.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que, se anunciaron para alegar, escucharon relación y alegaron, por el recurso, el abogado don Cristian Cáceres Escalona y el abogado don Eduardo Sánchez Escalona, contra el mismo. Santiago, 31 de marzo de 2023. Carolina Morales Ramírez Relatora C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés. Proveyendo al escrito folio 15, a lo principal, téngase presente, al
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