LEÓN/INGENIERÍA E INSTALACIONES J Y G LIMITADA *
Rol
Fecha
31 de marzo de 2023
Materia
ART. 19 Nº 4 CPR. VIDA PRIVADA Y HONRA
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia anulada con excepción de los
Fundamentos
considerandos décimo sexto y décimo séptimo. De la sentencia de nulidad que precede se reproducen los motivos tercero, cuarto y quinto. Y se tiene, en su lugar de lo eliminado y, además, presente: 1.- Que se rechaza la denuncia de vulneración de garantía fundamentales deducida con ocasión al despido, específicamente la igualdad en la ley, honra e integridad psicológica, y cobro de prestaciones laborales, por don Esteban Alexis León Bustos, c.i. N° 10.744.237-5, chileno, cesante, domiciliado en calle Alhué N° 2518, Población Dávila, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra de su ex empleador “INGENIERIA E INSTALACIONES J&G LTDA.”, RUT N° 10.566.871-6, ambos domiciliados en Avenida Las Américas N° 246, comuna de Cerrillos, 2.- Que, respecto al despido, este se encuentra injustificado, y como consecuencia de esto, se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones: a.- Indemnización por Mes de aviso previo equivalente a 90 Unidades de Fomento, conforme lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 162 del Código del Trabajo. b.- Indemnización por Años de Servicios por la suma de 360 Unidades de Fomento por cuatro años de servicio. c.- Recargo legal por la suma equivalente a 288 unidades de fomento. Que las sumas ordenadas serán reajustadas y devengadas de conformidad a lo dispuesto por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Que cada parte pagará sus costas. III.- Que sin perjuicio de lo resuelto en lo precedente, se rechaza el incidente respecto de la prueba ofrecida por la demandada en el número 7 de la audiencia preparatoria. Anótese, notifíquese por correo electrónica a las partes, y archívense en su oportunidad procesal. Regístrese, notifíquese y archívense en su oportunidad. Redactor Ministro (S) señor Sergio Guillermo Córdova Alarcón. No firma el Ministro (s) señor Cerda, no obstante concurrir a la vista de la causa y del acuerdo, por cesar funciones en esta Corte. RIT T130-2021 (sentencia de reemplazo)
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés. En cumplimiento a lo dispuesto en el Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproduce la sentencia anulada con excepción de los considerandos décimo sexto y décimo séptimo. De la sentencia de nulidad que precede se reproducen los motivos tercero, cuarto y quinto. Y se tiene, en su lugar de lo eliminado
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