FAÚNDEZ BARRA ALEJANDRA Y OTROS CON COMERCIAL FASSER SPA Y OTROS(O)
Rol
85185-2020
Fecha
22 de marzo de 2022
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
Visto: Ante el Decimosexto Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol Nº 22.313-2016, por sentencia de cuatro de octubre de dos mil dieciocho, se rechazó la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por don Jaime Cerda Troncoso, en representación de doña Alejandra Faúndez Barra, doña Pía Farías Fernández, don José Farías Farías y doña Sonia González Díaz, en contra de Comercial Fasser SpA., Turismo El Barraco Limitada y don Jaime Fernández Socías. La Corte de Apelaciones de Santiago, conociendo del recurso de apelación deducido por los demandantes, por fallo de doce de marzo de dos mil veinte, lo confirmó. En contra de esta última decisión, la misma parte dedujo recurso de casación en el fondo, solicitando su invalidación y la consecuente dictación de la sentencia de reemplazo que describe. Se trajeron estos autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la parte recurrente fundamenta su recurso sosteniendo que la magistratura, al confirmar la sentencia de primer grado, infringió los artículos 44, 170, 426 y 428 del Código de Procedimiento Civil, 1712, 1713, 2314 y 2319 del Código Civil, 184 del Código del Trabajo y 62 de la Ley N° 16.744. Indica que el
Fallo
fallo de doce de marzo de dos mil veinte, lo confirmó. En contra de esta última decisión, la misma parte dedujo recurso de casación en el fondo, solicitando su invalidación y la consecuente dictación de la sentencia de reemplazo que describe. Se trajeron estos autos en relación. Considerando: Primero: Que la parte recurrente fundamenta su recurso sosteniendo que la magistratura, al confirmar la sentencia de primer grado, infringió los artículos 44, 170, 426 y 428 del Código de Procedimiento Civil, 1712, 1713, 2314 y 2319 del Código Civil, 184 del Código del Trabajo y 62 de la Ley N° 16.744. Indica que el fallo impugnado “incurre en varios errores de derecho … pues no se ponderan correctamente y de conformidad a la ley los medios de prueba rendidos dentro del proceso al no haberse considerado … en el juicio por las partes lo que desencadenó otros errores de derecho en relación a la valoración de la prueba que debiera haber practicado el tribunal en su conjunto la totalidad de los medios de prueba ofrecidos”. En relación con la transgresión del artículo 170 del Código de Procedimiento Civil señala que no se consideró lo señalado por las demandadas en cuanto reconocen la relación laboral “regida por principios claros de cuidado hacia el trabajador y, en segundo caso, el patrón de lancha quien contaba con una experiencia de más de 19 años, según el mismo indica, y quien no fue capaz de ejercer dicho cuidado respecto de quienes se encontraban bajo su cuidado en los momentos e
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Santiago, veintidós de marzo de dos mil veintidós. Visto: Ante el Decimosexto Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol Nº 22.313-2016, por sentencia de cuatro de octubre de dos mil dieciocho, se rechazó la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por don Jaime Cerda Troncoso, en representación de doña Alejandra Faúndez Barra, doña Pía Farías Fernández, don José Farías Farías y doña Soni
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