SIN INFORMACION

CASTILLO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Nolvia Collao Collao, abogada de la Unidad de Migración de la Corporación de Asistencia Judicial de Antofagasta, domiciliada para estos efectos en Avenida Grecia N° 2032, piso 3° de la comuna de Antofagasta, en representación de Manuela Castillo Guerrero, Cédula de Identidad N° 25.725.355-4, domiciliada en Julio Montt Salamanca N° 646, Antofagasta, quien deduce reclamación judicial del artículo 141 inciso 1° de la Ley N°21.325, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°02184, de fecha 17 de enero de 2023, notificada por parte del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Antofagasta con fecha 01 de marzo de 2023, por medio de la cual se dispone la expulsión de su representada del territorio nacional y se dispone a su respecto una prohibición de ingreso al territorio nacional por el plazo de 15 años, solicitando se deje sin efecto. Informa la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que con fecha 28 de agosto de 2016 doña Manuela ingresa a Chile, por paso habilitado, obteniendo un permiso de turismo. Encontrándose dentro de plazo solicita un permiso de residencia temporario, el que se concede con fecha 05 de abril de 2017 hasta el 05 de abril de 2018. Indica que posteriormente, con fecha 12 de octubre de 2018 se le concede la permanencia definitiva, por cumplir con todos los requisitos legales para ello, manteniéndose plenamente vigente hasta el día de hoy. Agrega que, en causa RUC 2000563774-1, RIT 9307 – 2020, tramitada ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta, con fecha 20 de enero de 2021, se dicta sentencia condenatoria en procedimiento abreviado en contra de la reclamante, siendo condenada como autora de un delito consumado de tráfico de drogas a la pena de 05 años de presidio menor en su grado máximo y multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales, concediéndole la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva, por el mismo lapso de la condena. Añade que, con fecha 01 de marzo de 2023, su representada es notificada de la resolución que se impugna a través del presente recurso, indicando como razón principal la gravedad del hecho ilícito por el cual se encuentra cumpliendo condena y, en consecuencia, se dispone su expulsión del territorio nacional Refiere que, actualmente doña Manuela Castillo Guerrero, se encuentra dando cumplimiento de forma satisfactoria a la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva, ejerce una actividad laboral permanente, ya que, mantiene un contrato de trabajo de fecha 17 de agosto de 2021, de duración indefinida, en que desarrolla labores de garzona, auxiliar de aseo y ayudante de cocina. A nivel familiar, la señora Castillo Guerrero, se encuentra desarrollando plenamente su proyecto migratorio, mantiene fuertes lazos a nivel familiar y social, pues se encuentra conviviendo con su madre, doña Martha Lucia Guerrero Bedoya, su conviviente de hecho, don Wilson Alejandro Ospina Concuñame, a quienes les fue otorgada una visa temporaria hasta el 09 de enero de 2025 y 16 de febrero de 2025, respectivamente, además de su hijo, Emanuel Alejandro Ospina Castillo, de nacionalidad chilena, nacido el día 27 de enero de 2022 y su hermana María Camila Salazar Guerrero, residente temporal y la hija de ésta, Guadalupe Salazar Salazar, de nacionalidad chilena, nacida con fecha 18 de julio de 2022. Solicita, previas citas legales y jurisprudencia, que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°02184 de fecha 17 de enero de 2023, del Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual se dispuso la orden de expulsión del país de Manuela Castillo Guerrero. SEGUNDO: Que informa Pamela Ahumada Zamorano, abogada en representación de la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, en razón de los argumentos que expone. Indica que, según los registros de dicha autoridad migratoria, la recurrente doña

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N° 21.325, SE RECHAZA el reclamo deducido en representación de la ciudadana colombiana Manuela Castillo Guerrero, en contra la Resolución Exenta N° 02184 de fecha 17 de enero de 2023, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del territorio nacional. Comuníquese lo resuelto, regístrese y archívese. Rol 7-2023 (Cont. Adm.)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a treinta de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Nolvia Collao Collao, abogada de la Unidad de Migración de la Corporación de Asistencia Judicial de Antofagasta, domiciliada para estos efectos en Avenida Grecia N° 2032, piso 3° de la comuna de Antofagasta, en representación de Manuela Castillo Guerrero, Cédula de Identidad N° 25.725.355-4, domiciliada en Julio Mo

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