SIN INFORMACION

ORLOVA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece doña Antonia Francisca Urrutia Codner, abogada, en favor de la parte recurrente Mariia Orlova, de nacionalidad rusa, ambas domiciliadas para estos efectos en la comuna de Zapallar, calle Carlos León N° 1411, Región de Valparaíso, quine interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por su omisión ilegal y arbitraria en cuanto a pronunciarse sobre la solicitud de Permanencia Definitiva, efectuada por la parte recurrente el día 20 de junio de 2021 N°25744419. Señala que la recurrida no se ha pronunciado sobre la solicitud de Permanencia Definitiva de la parte recurrente, pese a haber transcurrido un año y siete meses desde su solicitud; omisión arbitraria e ilegal que conculca los principios de celeridad, conclusivo y de inexcusabilidad al infringir el artículo 27 de la ley N° 19.880; y, al mismo tiempo, conculcando el derecho fundamental de la parte recurrente a la igualdad a la ley, consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Pide en definitiva, se acoja el presente recurso en todas sus partes, declarando y resolviendo: 1.- Que la recurrida ha incurrido en una omisión ilegal y arbitraria respecto de la parte recurrente, en forma constante y al menos hasta el día de interposición del presente recurso, al no pronunciarse ni otorgar la Permanencia Definitiva, lo que ha conculcado o amenazado infringir su derecho fundamental de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República; 2.- Que, en consecuencia, se ordena a la recurrida pronunciarse inmediatamente respecto la solicitud de la parte recurrente; otorgándola, proveyéndole de todos los certificados y estampados que correspondan hasta que obtenga efectivamente su cédula de identidad y disponiendo toda otra medida que se estime pertinente para reestablecer el imperio del Derecho, y 3.- Que se condene en costas a la recurrida. Acompaña documentos al recurso. A folio 11, se pr

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por el recurrente. Segundo: Que, de los antecedentes acompañados por el actor, aparece que la solicitud de permanencia definitiva se presentó con fecha 20 de enero de 2022, sin que conste a la fecha que se haya dictado una resolución que ponga término al procedimiento administrativo sea concediendo o rechazando la petición. En consecuencia, ha existido una dilación excesiva en su tramitación lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, razones por las cuales se acogerá la presente acción.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Mariia Orlova en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad migratoria recurrida dentro del plazo de sesenta días hábiles, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por la actora. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-2970-2023.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparece doña Antonia Francisca Urrutia Codner, abogada, en favor de la parte recurrente Mariia Orlova, de nacionalidad rusa, ambas domiciliadas para estos efectos en la comuna de Zapallar, calle Carlos León N° 1411, Región de Valparaíso, quine interpone acción de protección en contra del Servicio Nacion

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