ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de marzo de 2023
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que la remuneración del demandado, establecida en el
Fundamentos
considerando quinto numeral séptimo de la sentencia recurrida, corresponde a su ingreso bruto y teniendo además presente lo dispuesto el artículo 323 del Código Civil en cuanto a que los alimentos deben habilitar alimentado para subsistir modestamente de un modo correspondiente a su posición social, por lo que los gastos de educación de la niña de autos aparecen como desproporcionados en relación a la capacidad económica de los padres, conforme a lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la sentencia apelada de veinticinco de...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Teniendo presente que la remuneración del demandado, establecida en el considerando quinto numeral séptimo de la sentencia recurrida, corresponde a su ingreso bruto y teniendo además presente lo dispuesto el artículo 323 del Código Civil en cuanto a que los alimentos deben habilitar alimentado para subsistir modestament
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