TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN ANTONIO

M.P. C/ CARLOS HUMBERTO TELLO CAMPO

Rol

Fecha

30 de marzo de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y oídos: 1°.- Que la Defensoría Penal Pública en representación del sentenciado Carlos Humberto Tello Campos, impugna por vía de nulidad, por la causal del artículo 373 letra b), del Código Procesal Penal, la sentencia dictada el 13 de febrero último, por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de San Antonio. Señala que los jueces del fondo, incurren en error de derecho al calificar jurídicamente los hechos establecidos en la sentencia, como constitutivos del delito de receptación. Como petición concreta solicita la anulación de la sentencia recurrida y dictar sentencia de reemplazo absolviéndole de los cargos formulados. 2°.- Sostiene en su recurso, que los hechos acreditados por los sentenciadores del fondo, en el

Fundamentos

considerando undécimo, no tipifican el delito al que se arriba en la sentencia, por omitirse en estos, un elemento del tipo, cual es conocimiento del agente del origen ilícito de la especie. 3°.- Que los jueces del fondo en el considerando ya mencionado, determinan que el 7 de febrero de 2022, alrededor de las 14; 00., hrs., el acusado es encontrado conduciendo la camioneta marca Fiat, modelo Fiorino, placa patente única XU-7998, que previamente había sustraída a don José Amador Plaza Alarcón, quien la mantenía estacionada en la vía pública para lo cual forzaron la chapa del copiloto y emprendieron su marcha con una llave falsa. 4°.- Que estos hechos en opinión de los sentenciadores, al no poder determinarse en ellos, la participación del acusado, no logran configurar el delito materia de la acusación del Ministerio Publico, sancionado en el artículo 443 del Código Penal. No obstante ello, el tribunal, muta la calificación jurídica de estos hechos, al delito de receptación, según lo planteado subsidiariamente por la defensa del acusado, pero, omitiendo incorporar a los mismos, el elemento subjetivo que integra el tipo penal de la receptación, que exige según se desprende del artículo 456 Bis A, del Código Penal, que el agente tenga conocimiento del origen de la especie que mantiene en su poder, o no pudiere menos que conocerlo, de manera que existe un error de derecho con influencia sustancial en lo dispositivo de la sentencia, toda vez que los razonamientos del tribunal, al estimar no acreditado el delito materia de la acusación del Ministerio Publico, necesariamente debió librar sentencia absolutoria en favor del acusado.

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 358, 373 letra b) y 384 del Código Procesal Penal, se acoge el recurso de nulidad deducido por la defensa en favor del sentenciado Tello Campos, y en consecuencia, se anula la sentencia de 13de febrero último, dictada por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Viña del Mar. Acto continuo y sin nueva vista de la causa se procederá a dictar la correspondiente sentencia de reemplazo. Regístrese y comuníquese. Redacción del Ministro Sr. Martinez. No firma el Abogado Integrante señor Guillermo Oliver Calderón, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa por no integrar Sala el día de hoy. N°Penal-443-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de marzo de dos mil veintitrés. Visto y oídos: 1°.- Que la Defensoría Penal Pública en representación del sentenciado Carlos Humberto Tello Campos, impugna por vía de nulidad, por la causal del artículo 373 letra b), del Código Procesal Penal, la sentencia dictada el 13 de febrero último, por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de San Antonio. Señala que

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