C/ SEBASTIAN HERNAN SANCHEZ SILVA
Rol
Fecha
29 de marzo de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 18.216, para determinar las consecuencias que se impondrán en caso de incumplimiento del régimen de ejecución de las penas sustitutivas de que trata esta ley, existen dos reglas, De acuerdo a la primera, tratándose de un incumplimiento grave o reiterado de las condiciones impuestas y atendidas las circunstancias del caso, el tribunal deberá revocar la pena sustitutiva impuesta o reemplazarla por otra pena sustitutiva de mayor intensidad. Con arreglo a la segunda, tratándose de otros incumplimientos injustificados, el tribunal deberá imponer la intensificación de las condiciones de la pena sustitutiva, la que consistirá en establecer mayores controles para el cumplimiento de dicha pena. Segundo: Que si bien han existido períodos de tiempo más o menos prolongados en que el condenado no se presentó ante Gendarmería de Chile a fin de dar cumplimiento a las condiciones fijadas en su Plan de Intervención Individual, ante la comunicación de estos hechos el tribunal por resolución de 28 de julio de 2022 autorizó su reingreso al cumplimiento de la pena sustitutiva, y luego, con fecha 27 de enero de 2023, decide suspender la pena sustitutiva impuesta y frente a la inasistencia de Sánchez Silva a la audiencia de revisión despacha orden de detención, calidad en la cual compareció el 1 de febrero pasado, oportunidad en que se dispone su revocación. Pues bien, en el contexto normativo transcrito en el fundamento Primero, considera la Corte que las comunicaciones de incumplimiento desde septiembre 2022 que culminaron con la dictación de la resolución en alzada no pueden ser consideradas para adoptar la decisión que ahora se revisa, si se tiene presente el tiempo en que el condenado se mantuvo cumpliendo, la determinación del tribunal en orden a aceptar el reingreso y los hechos expuestos en estrados por su defensa letrada, antecedentes que en rigor no son de la entidad idónea
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el artículo 37 de la Ley N° 18.216, se revoca la resolución de uno de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT O-8076-2017, N° 12.668-2016, RUC N° 1700841532-3, y se declara en su lugar que se mantiene al condenado Sebastián Hernán Sánchez Silva en el goce de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva que le fuera impuesta por sentencia de dos de enero de dos mil dieciocho como autor del delito frustrado de robo con violencia. Acordado contra el voto del abogado integrante señor Jequier Lehuedé, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese de inmediato lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita, a fin que disponga la libertad del condenado, si no estuviere privado de ella por otra causa. Devuélvase la competencia. Penal-648-2023. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintinueve de marzo de dos mil veintitrés. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-648-2023 Ruc: 1700841532-3 Rit : O-8076-2017 Juzgado: 14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Jessica De Lourdes González Troncoso, el Ministro (S) señor Juan Enrique Olivares Urzúa y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé Relator: Leyla Escob
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica