SIN INFORMACION

FRANCO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

29 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Antonia Francisca Urrutia Codner, en representación de Santiago Franco Rodríguez, colombiano, cédula de identidad número 27.457.650-2, número de pasaporte AW658853, ambos domiciliados para estos efectos en la comuna de Padre Hurtado, calle San Pedro Canisio 1367, Región Metropolitana, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria en cuanto a pronunciarse sobre la solicitud de Permanencia Definitiva del recurrente. Explica que su representada realizó solicitud de permanencia definitiva, el 27 de diciembre de 2021, bajo el número de solicitud N°33403864, presentando todos los documentos requeridos para dicho trámite y cumpliendo con todos los plazos establecidos. Indica que el último estado de su solicitud, mediante Resolución Exenta del 26 de febrero de 2022 es “Análisis avanzado”. Señala que hasta la fecha el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado una respuesta clara, consistente e inequívoca respecto a su solicitud de permanencia definitiva. Agrega que esta circunstancia ha generado graves problemas, siendo la consecuencia más gravosa el vencimiento de la cédula de identidad de su representado, lo que le impide el ejercicio de prácticamente la totalidad de sus derechos civiles. Por lo tanto, para obtener la actualización de sus documentos identitarios, es absolutamente necesario que se resuelva a la brevedad su solicitud. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse inmediatamente respecto a la solicitud de Permanencia Definitiva de la parte recurrente; otorgándola, proveyéndole de todos los certificados y estampados que correspondan hasta que obtenga efectivamente su cédula de identidad y disponiendo toda medida que se estime pertinente para reestablecer el imperio del Derecho, con expresa condena en costas. Segundo:

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Santiago Franco Rodríguez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°32.161-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintinueve de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Antonia Francisca Urrutia Codner, en representación de Santiago Franco Rodríguez, colombiano, cédula de identidad número 27.457.650-2, número de pasaporte AW658853, ambos domiciliados para estos efectos en la comuna de Padre Hurtado, calle San Pedro Canisio 1367, Región Metropolit

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica