JARAMILLO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
29 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Antonia Francisca Urrutia Codner, en representación de Adriana José Jaramillo, venezolana, cédula de identidad número 26.858.476-5, número de pasaporte 099621898, ambas domiciliadas para estos efectos en la comuna de San Bernardo, calle San Rosendo 1374, Región Metropolitana, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria en cuanto a pronunciarse sobre la solicitud de Permanencia Definitiva del recurrente. Explica que su representada realizó solicitud de permanencia definitiva, el 23 de abril de 2020, bajo el número de solicitud N° 3789718, presentando todos los documentos requeridos para dicho trámite y cumpliendo con todos los plazos establecidos. Indica que el último estado de su solicitud, mediante Resolución Exenta del 09 de diciembre de 2021 es “Análisis avanzado”. Señala que hasta la fecha el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado una respuesta clara, consistente e inequívoca respecto a su solicitud de permanencia definitiva. Agrega que esta circunstancia ha generado graves problemas, siendo la consecuencia más gravosa el vencimiento de la cédula de identidad de su representado, lo que le impide el ejercicio de prácticamente la totalidad de sus derechos civiles. Por lo tanto, para obtener la actualización de sus documentos identitarios, es absolutamente necesario que se resuelva a la brevedad su solicitud. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse inmediatamente respecto a la solicitud de Permanencia Definitiva de la parte recurrente; otorgándola, proveyéndole de todos los certificados y estampados que correspondan hasta que obtenga efectivamente su cédula de identidad y disponiendo toda medida que se estime pertinente para reestablecer el imperio del Derecho, con expresa condena en costas. Segundo: Que informa
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Adriana José Jaramillo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°1-2023 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintinueve de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Antonia Francisca Urrutia Codner, en representación de Adriana José Jaramillo, venezolana, cédula de identidad número 26.858.476-5, número de pasaporte 099621898, ambas domiciliadas para estos efectos en la comuna de San Bernardo, calle San Rosendo 1374, Región Metropolitana, quie
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