C.A. de Santiago

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Rol

89233-2021

Fecha

17 de marzo de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1º.- Que el recurso de queja incoado por el abogado Marcelo Guerrero Sierra lo ha sido respecto de una resolución de una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de queja deducido por su parte en contra del Juez árbitro mixto Diego Peralta Valenzuela. 2°.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 3°.- Que, la cuestión planteada en estos autos dice relación con el examen del proceder de una sala del tribunal de alzada de Santiago en la resolución que adoptó a propósito del recurso de queja con el que se atacaba una resolución de un juez árbitro. En consecuencia, la resolución aludida no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participa de la naturaleza de las señaladas en el fundamento que antecede, a consecuencia de lo cual sólo cabe concluir que el recurso deducido no puede ser admitido a tramitación. 4°.- Que, por lo demás, se debe tener en cuenta que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 63 Nº 1 letra c) del Código Orgánico de Tribunales, las Cortes de Apelaciones conocen en única instancia de los recursos de queja que se deduzcan en contra de jueces árbitros. De esto se desprende que el legislador tuvo en mente que las resoluciones que dichos tribunales pronuncien no sean susceptibles de análisis por el superior y,

Fundamentos

considerando que mediante la interposición de su recurso, la quejosa persigue una revisión de lo fallado en única instancia, resulta improcedente admitir el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por el abogado Marcelo Guerrero Sierra. Al primer otrosí: no ha lugar. Al segundo y tercer otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto y quinto otrosíes: téngase presente. Regístrese y comuníquese. Rol Nº 89.233-21

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veintidós. Por ingresado a despacho con esta fecha. Visto y teniendo presente: 1º.- Que el recurso de queja incoado por el abogado Marcelo Guerrero Sierra lo ha sido respecto de una resolución de una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de queja deducido por su parte en contra del Juez árbitro mixto Diego Peralta Valenzuela.

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