LIBERTY COMPANIA DE SEGUROS GENERALES S.A/COMPANIA GENERAL DE ELECTRICIDAD S.A.
Rol
Fecha
28 de marzo de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTO: I.- En cuanto al recurso de apelación de folio 72 del cuaderno principal: Atendido el mérito de los antecedentes y sin perjuicio de la defectuosa exposición de las peticiones concretas sometidas al conocimiento de esta Corte, que no impiden su inteligencia y resolución, apareciendo los hechos propuestos por el articulista ya incorporado en la interlocutoria de prueba, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución de veintiocho de diciembre de dos mil veintidós, pronunciada en la causa Rol C-81-2022 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad. II.- Respecto de la apelación de folio N° 84 del cuaderno principal: Atendido el tenor de las peticiones contenidas en el tercer y quinto otrosí de la presentación de 28 de enero de 2023, en que la primera contiene peticiones contradictorias que además dificultan su relación con la segunda, lo que impide del todo un pronunciamiento sobre ellas, SE REVOCA, en lo apelado, la resolución de uno de febrero del año en curso, pronunciada en la causa Rol C-81-2022 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad y en su lugar se resuelve al tercer y quinto otrosí de la presentación de folio 81: “previo a proveer, aclárese lo solicitado”. III.- En lo relativo al arbitrio procesal de folio N° 7 del cuaderno 3.0 de incidente general: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo íntegramente los
Fundamentos
fundamentos del juez a quo, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiuno de febrero del año en curso, pronunciada en la causa Rol C-81-2022 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 579-2022 Civil (Acumulada 49-2023 y 75-2023 Civil)
Fallo
se resuelve al tercer y quinto otrosí de la presentación de folio 81: “previo a proveer, aclárese lo solicitado”. III.- En lo relativo al arbitrio procesal de folio N° 7 del cuaderno 3.0 de incidente general: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo íntegramente los fundamentos del juez a quo, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiuno de febrero del año en curso, pronunciada en la causa Rol C-81-2022 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 579-2022 Civil (Acumulada 49-2023 y 75-2023 Civil)
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Arica, veintiocho de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: I.- En cuanto al recurso de apelación de folio 72 del cuaderno principal: Atendido el mérito de los antecedentes y sin perjuicio de la defectuosa exposición de las peticiones concretas sometidas al conocimiento de esta Corte, que no impiden su inteligencia y resolución, apareciendo los hechos propuestos por el articulista ya incorporado en
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