MUÑOZ PARRA, JUAN CARLOS/INVERSIONES Y EXPLOTACION MINERA OLCAR LTDA
Rol
Fecha
28 de marzo de 2023
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y teniendo además presente que la gestión preparatoria y la demanda ejecutiva constituyen cuestiones independientes, puesto que, la primera tiene como propósito la preparación de la ejecución, en tanto la segunda constituye el juicio mismo, por lo que, no es aplicable el inciso primero del artículo 55 del Código de Procedimiento Civil, razones que permiten revocar aquella parte de la decisión y ordenar se de curso a la misma conforme el orden consecutivo legal, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de fecha uno de septiembre de dos mil veintidós solo en aquella parte que tiene por notificado al ejecutado de la demanda ejecutiva, y se confirma en lo demás la referida resolución. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1421-2022 Civil.-
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La Serena, veintiocho de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y teniendo además presente que la gestión preparatoria y la demanda ejecutiva constituyen cuestiones independientes, puesto que, la primera tiene como propósito la preparación de la ejecución, en tanto la segunda constituye el juicio mismo, por lo que, no es aplicable el inciso primero del artículo 5
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