SIN INFORMACION

DU/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA,

Rol

Fecha

28 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que se dedujo acción de protección en favor de Wanqing Du, de nacionalidad china, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de permanencia definitiva, lo que vulneraría los derechos que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el número 2 del artículo 19. Solicita se acoja el recurso, ordenando a la autoridad emitir pronunciamiento respecto a la solicitud de permanencia, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho. Expone que formuló su petición ante la autoridad migratoria el 2 de julio de 2020, sin obtener respuesta hasta la actualidad. Denuncia como ilegal y arbitraria, en consecuencia, la omisión de la autoridad recurrida consistente en la falta de información del estado de su petición de permanencia definitiva, lo que lo mantiene en una situación de incertidumbre y constituye además, una vulneración a los plazos establecidos en la ley 19.880 para la conclusión de los procesos administrativos. Segundo: Que al evacuar informe el Servicio Nacional de Migraciones solicitó el rechazo de la acción. Detalló, en lo pertinente, que con fecha 2 de julio de 2020 el recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva. Luego, con fecha 5 de junio de 2021, se le informó que su solicitud se encontraba incompleta, por lo tanto, otorgó 5 días hábiles en cumplimiento con el artículo 31 de la Ley 19.880, para subsanar la solicitud por medio del documento solicitado, además, requirió el pago de una multa por residencia irregular en el país. Posteriormente, se le requirió el pago de derechos de la solicitud por medio de Comunicación Electrónica Folio N° 28206009, de fecha 26 de agosto de 2022. Finalmente, se dio curso progresivo a su solicitud, encontrándose esta actualmente en trámite, concretamente en etapa de Resolución, como se muestra en la captura de pantalla que adjunt

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido, solo en cuanto la autoridad recurrida deberá pronunciarse fundadamente sobre la solitud de permanencia definitiva de Wanqing Du, dentro del plazo de sesenta días contados desde que esta sentencia adquiera el carácter de firme. Regístrese y comuníquese. N°Protección-95631-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que se dedujo acción de protección en favor de Wanqing Du, de nacionalidad china, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de permanencia definitiva, lo que vulneraría los derechos que

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