CLAUDIO JAVIER RIVAS NAVARRO/TESORERIA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA
Rol
Fecha
27 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y sin perjuicio de estimar esta Corte que la institución del abandono del procedimiento resulta procedente en esta sede, cuestión que ya fue resuelto en Recurso de Hecho Rol 1641-2022, en la especie, conforme da cuenta el expediente administrativo teniendo a la vista, constan diversas diligencias realizadas con posterioridad al embargo de fecha 25 de junio del año 2019, las cuales se estiman útiles para conducir al cobro de la deuda, tales como la del 23 de agosto del año 2022 y 07 de septiembre del mismo año, razón por lo que no se cumplen los presupuestos para que opere la referida institución. Y visto lo dispuesto en los artículos 153 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia de fecha veintiséis de septiembre de dos mil veintidós, escrita a fojas 61 y siguientes del expediente administrativo. Devuélvase. Rol N° Civil-348-2023 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. Al escrito folio 11: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y sin perjuicio de estimar esta Corte que la institución del abandono del procedimiento resulta procedente en esta sede, cuestión que ya fue resuelto en Recurso de Hecho Rol 1641-2022, en la especie, conforme da cuenta el expediente administrati
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