SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL D
Rol
Fecha
28 de marzo de 2023
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: En causa RIT N° I-10-2022, del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, don Rodrigo Alejandro González Langlois, en representación de la demandante Sociedad Agrícola y Comercial D&S Limitada, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de uno de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el magistrado don Carlos Gajardo, en virtud de la cual se no se hizo lugar a la reclamación de su parte, solicitando se anule dicha sentencia y se dicta la de reemplazo que acoja completamente su reclamación judicial. Admitidos y concedidos los recursos por el Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó y, declarado admisible por esta Corte, se fijó audiencia para su vista, la que se llevó a efecto el día 9 de marzo pasado.
Fundamentos
CONSIDERANDO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que, la recurrente, previa exposición del reclamo y el
Fallo
fallo que por este recurso se pretende invalidar, señala que de conformidad a lo establecido en el artículos 477 del Código del Trabajo, solicita la nulidad de la sentencia invocando: LA CAUSAL GENÉRICA DEL ARTÍCULO 477 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO, POR HABERSE DICTADO SENTENCIA CON INFRACCIÓN DE LEY QUE INFLUYÓ SUSTANCIALMENTE EN LO DISPOSITIVO DEL FALLO, A SABER: “Cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales, o aquélla que se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”. Indica, como normas legales infringidas, los artículos 508, 511 inciso segundo y tercero del Código del Trabajo, en donde el sentido y alcance de sus contenidos y la forma y condiciones en que se ha verificado su transgresión por parte del Juez a quo. A saber, el artículo 508 del Código del Trabajo señala que: “Las notificaciones, citaciones y comunicaciones legales que realice la Dirección del Trabajo se deberán efectuar mediante correo electrónico,… Las notificaciones, citaciones y comunicaciones a través de correo electrónico u otro medio digital definido por la ley, producirán pleno efecto legal y se entenderán practicadas al tercer día hábil siguiente contado desde la fecha de la emisión del referido correo”. El caso es que la multa N° 7968/22/6 fue notificada por correo electrónico con fecha 22 de marzo de 2022. Entonces por efecto
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiocho de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: En causa RIT N° I-10-2022, del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, don Rodrigo Alejandro González Langlois, en representación de la demandante Sociedad Agrícola y Comercial D&S Limitada, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de uno de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el magistrado don Carlos Gajardo, en virtud
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica