TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE ANGOL

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

27 de marzo de 2023

Materia

SECUESTRO. ART. 141

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: PRIMERO: Que, los artículos 47 y 48 del Código Procesal Penal, y la norma supletoria del artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, facultan eximir de las costas a quien objetivamente deba soportarlas por haber sido totalmente vencido, para lo cual se tiene que estimar que el litigante obró con motivo plausible o una razón fundada SEGUNDO: Que, el pronunciamiento que se adopte sobre las costas, sea condenatoria o absolutoria, debe necesariamente ser explicada por el tribunal, detallando, al menos en forma somera, los

Fundamentos

motivos de hecho y de derecho que le permiten asentar un vencimiento total, su ausencia o la concurrencia de razones...

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C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: PRIMERO: Que, los artículos 47 y 48 del Código Procesal Penal, y la norma supletoria del artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, facultan eximir de las costas a quien objetivamente deba soportarlas por haber sido totalmente vencido, para lo cual se tiene que estimar que el litigante obró con motivo plausible o una r

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