LENA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
27 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en favor de doña Fransline Alexis, ciudadana haitiana, cedula de identidad nacional para extranjeros Nº 26.964.800-7, domiciliada calle doña Bernardita Nº0353, Lo Espejo, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, lo que también transgrede el artículo 27 de la Ley 19.880. Expone que la recurrente realizó su solicitud de permanencia definitiva 10 de noviembre de 2020 y que, a la fecha, no ha recibido ninguna respuesta por parte del ente recurrido, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite demorado. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que a la fecha de interposición de su recurso ha transcurrido un tiempo excesivo sin que la autoridad administrativa se pronuncie sobre la solicitud formulada, actuar que infringe lo dispuesto en la Ley 19.880. Solicita que se acoja el presente recurso, ordenando al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva en cuestión, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que el 10 de noviembre del año 2020 la recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva y que desde el 21 de julio de 2022 la solitud se encuentra en trámite en la etapa de “creación de cuenta”, de conformidad a la circular N°12 del Servicio Nacional de Migraciones, de fecha 24 de noviembre de 2021. Señala que el plazo establecido en la ley N°19.880 para dar resolución a un procedimiento administrativo no corresponde a uno fatal para la Administración, s
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San Miguel, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en favor de doña Fransline Alexis, ciudadana haitiana, cedula de identidad nacional para extranjeros Nº 26.964.800-7, domiciliada calle doña Bernardita Nº0353, Lo Espejo, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la om
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