SIN INFORMACION

CASTRO Y OTRA / COMITE DE AGUA POTABLE RURAL EL TREBAL

Rol

Fecha

25 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen Yolanda de las Mercedes Arraño Mora, cédula nacional de identidad N°7.569.737-6, con domicilio en El Trebal sitio N°18, comuna de Padre Hurtado y Claudia Isabel Castro Guerman, cédula de identidad N°13.044.580-1, domiciliada en Calle Campanario N°814, comuna de Maipú, para deducir recurso de protección en contra del Comité de Agua Potable Rural El Trebal, representado por Elena del Carmen Gatica Villarroel, con domicilio en Camino El Trebal N°9, comuna de Padre Hurtado, Explica que Claudia Castro Guerman arrienda el sitio perteneciente a Yolanda Arraño Mora, y ha pagado por concepto de agua, desde hace 6 meses aproximadamente de forma continua e ininterrumpida, al Comité recurrido, pero que el 29 de octubre de 2022, cuando intentó pagar, Petronila del Tránsito Gatica Villarroel, tesorera de dicho Comité, le indicó que ella, en su calidad de arrendataria, no podía pagar. Agrega que también estaba presente Elena del Carmen Gatica Villarroel, quien junto a la tesorera comenzaron a decirle “palabras inentendibles”, razón por la que ella decide retirarse del lugar, tomando la boleta que ya estaba timbrada, mientras era grabada, sin su consentimiento, por la presidenta del Comité. Señala que en la boleta correspondiente al mes de noviembre se le imputó, “arbitraria e ilegalmente” una multa por “falta de respeto” por $20.000. Añade que al intentar pagar, el hijo de Petronila Gatica, le señaló que debía pagar el agua más la multa y le comentó que la grabación fue presentada al Ministerio de Obras Públicas para su posterior “ratificación”, amenazando además que esa misma semana suspenderían el suministro de agua al terreno que arrienda. Sostiene que la recurrida contraviene las normas de orden público relativas a la igualdad ante la ley y el derecho al respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, y, asimismo, la protección de sus datos personales establecidas en la Constitución en el art

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticinco de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen Yolanda de las Mercedes Arraño Mora, cédula nacional de identidad N°7.569.737-6, con domicilio en El Trebal sitio N°18, comuna de Padre Hurtado y Claudia Isabel Castro Guerman, cédula de identidad N°13.044.580-1, domiciliada en Calle Campanario N°814, comuna de Maipú, para deducir recurso d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica