LENA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de ROCIO DEL PILAR FERNÁNDEZ MERCEDES, de nacionalidad peruana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la orden de abandono dictada en virtud de la Resolución Exenta N° 42428 de fecha 06 de abril de 2021, lo que afecta su garantía constitucional del artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental. En cuanto a los hechos señala que se asentó en el país hace más de 10 años, obteniendo la permanencia temporaria en el año 2016. Posteriormente, en el año 2020 realiza una nueva solicitud de visa sujeta a contrato, de la cual no obtenía respuesta, hasta que con fecha 07 de noviembre de 2022 recibe notificación que le indica que su solicitud no fue acogida a trámite, por registrar orden de abandono vigente dispuesta mediante Resolución Exenta N° 42428 de fecha 06 de abril de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones. Argumenta que no puede volver a su país de origen por la precaria situación en que vivía, mientras que en Chile mantiene empleo formal hasta la fecha, además tiene una hija menor de edad nacida en el país. Solicita, en definitiva, que se ordene a la recurrida dejar sin efecto la orden de abandono del país, y se disponga que debe regularizar la situación migratoria de la amparada. A folio 6, evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, por no existir acto u omisión que pueda ser calificada como arbitraria o ilegal que perturbe la libertad personal y seguridad individual del amparado. Refiere que la recurrente solicitó residencia temporaria por vínculo con chileno en julio de 2020. Que, mediante Resolución Exenta 42.428, de fecha 06 de abril de 2021, del Departamento de Extranjería y Migración se rechazó la solicitud, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 15 días. El motivo del rechazo con abandono fue por no dar cumplimiento con los documentos requeridos por parte de esta autoridad y no haber pagado los derechos correspondientes a dicho b
Fundamentos
considerando: Primero: Que, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 42428 de fecha 06 de abril de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó su solicitud de visa temporaria, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 15 días, fundado en que no acompañó los documentos requeridos por la autoridad y no haber pagado los derechos correspondientes a dicho beneficio. Segundo: Que, la recurrida solicita el rechazo de la acción, por cuanto la Resolución impugnada en estos autos se dictó conforme a la normativa vigente al momento de su dictación, esto es, la antigua ley de migraciones decreto Ley N° 1.094 y su reglamento que dispone en caso de rechazar una solicitud como la de la actora se debe disponer el abandono del país, lo que no será ejecutado compulsivamente. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes acompañados, aparece que la Resolución Exenta N° 42428 del 06 de abril de 2021 dictada por la recurrida, rechaza la solicitud de residencia presentada por no haber acompañado la documentación solicitada, para lo cual se le otorgó un plazo de 60 días, transcurrido el cual
Fallo
se resuelve en el sentido indicado y se dispone el abandono del país de la actora. Consta en autos, la notificación de la mencionada Resolución, acompañándose el envío de la carta al domicilio indicado por la actora en su solicitud. Cuarto: Que, de esta manera no se advierte la existencia de algún acto ilegal por parte de la autoridad recurrida que devenga en una afectación a la libertad individual de la amparada, toda vez, que han actuado dentro del ámbito de sus atribuciones y de conformidad a la normativa vigente a la época. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de ROCIO DEL PILAR FERNÁNDEZ MERCEDES, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. No sujeto a anonimización. No firma la Ministra (S) Sra. Valeria Echeverría Vega, no obstante concurrir a la vista y resolución, por imposibilidad técnica con su dispositivo token. N°Amparo-302-2023. En Valparaíso, veinticinco de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de ROCIO DEL PILAR FERNÁNDEZ MERCEDES, de nacionalidad peruana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la orden de abandono dictada en virtud de la Resolución Exenta N° 42428 de fecha 06 de abril de 2021, lo que afecta su garantía constitucional del artíc
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica