C.A. de Valparaíso

ANA KARELYS PRIETO GUANIPA Y OTRO CONTRA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

6548-2022

Fecha

10 de marzo de 2022

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: Que la tramitación de la visa de responsabilidad democrática solicitada por la parte recurrente debe ceñirse a la legislación vigente a la fecha de presentación de la solicitud respectiva, se confirma la sentencia apelada de dieciséis de febrero de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 226-2022, con declaración que los requisitos que se exijan a la parte actora para el otorgamiento del visado que ha solicitado, deben ser aquellos que se encontraban en vigencia a la fecha de su petición, debiendo el Ministerio de Relaciones Exteriores citarla a entrevista en el Consulado de Chile en Caracas, para el día y hora a fijarse, dentro de un plazo razonable que no podrá exceder de treinta (30) días corridos, indicándole previamente la documentación que deberá adjuntar. Regístrese, comuníquese y devuélvase Rol N° 6.548-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diez de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo además presente: Que la tramitación de la visa de responsabilidad democrática solicitada por la parte recurrente debe ceñirse a la legislación vigente a la fecha de presentación de la solicitud respectiva, se confirma la sentencia apelada de dieciséis de febrero de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso,

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