2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ROJAS/TELEFONICA MOVILES CHILE S.A. (MOVISTAR)

Rol

Fecha

24 de marzo de 2023

Materia

SUELDO

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

Vistos: Del fallo de nulidad se reproduce su parte considerativa y citas legales, a excepción del motivo Sexto y parte resolutiva en su numeral II, que se eliminan. Y se tiene en su lugar, además, presente: De acuerdo al mérito de los antecedentes plasmados en el fallo de nulidad, que se dan por reproducidos, manteniéndose las decisiones no afectadas con la invalidación, se acoge la demanda interpuesta por los actores, y se ordena pagar a la Empresa de Ventas y Servicios Roym Ltda las siguientes prestaciones: I. XIMENA DEL CARMEN OLEA ESPINOZA a.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $431.000 b.- Indemnización por años de servicios: $2.586.000; A dicha suma deberá descontarse el aporte del seguro de Cesantía ascendente a $693.813.‑ c.- Remuneración del mes de enero del año 2020: $112.875 d.- Feriado proporcional: $148.311, II. VANESSA ANDREA ROMERO DAVIS a.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $1.089.105 b.- Indemnización por años de servicios: $1.089.105; A dicha suma deberán descontarse el aporte del seguro de cesantía ascendente a $549.862. c.- Remuneración del mes de diciembre de 2019: $60.200 d.- Feriado proporcional: $73.600 III. SONIA DANIELA FIERRO CABALLERO a.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $477.613 b.- Indemnización por años de servicios: $5.253.740; A dicha suma deberán descontarse el aporte del seguro de cesantía ascendente a $1.710.442.- c.- Remuneración enero del año 2020: $112.875 d.- Feriado proporcional: $60.596 IV. SARA VICTORIA CEA ARANCIBIA a.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $316.157 b.- Indemnización por años de servicios: $632.314; A dicha suma deberán descontarse el aporte del seguro de cesantía ascendente a $309.132. c.- Remuneración enero del año 2020: $92.458 d.- Feriado proporcional: $48.509 V. PAMELA ALEJANDRA FERNANDEZ NOVOA a.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $383.483 b.- Indemnización por años de servicios: $766.966; A dicha suma deberán descontarse el aporte del seguro de cesant

Fallo

fallo de nulidad se reproduce su parte considerativa y citas legales, a excepción del motivo Sexto y parte resolutiva en su numeral II, que se eliminan. Y se tiene en su lugar, además, presente: De acuerdo al mérito de los antecedentes plasmados en el fallo de nulidad, que se dan por reproducidos, manteniéndose las decisiones no afectadas con la invalidación, se acoge la demanda interpuesta por los actores, y se ordena pagar a la Empresa de Ventas y Servicios Roym Ltda las siguientes prestaciones: I. XIMENA DEL CARMEN OLEA ESPINOZA a.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $431.000 b.- Indemnización por años de servicios: $2.586.000; A dicha suma deberá descontarse el aporte del seguro de Cesantía ascendente a $693.813.‑ c.- Remuneración del mes de enero del año 2020: $112.875 d.- Feriado proporcional: $148.311, II. VANESSA ANDREA ROMERO DAVIS a.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $1.089.105 b.- Indemnización por años de servicios: $1.089.105; A dicha suma deberán descontarse el aporte del seguro de cesantía ascendente a $549.862. c.- Remuneración del mes de diciembre de 2019: $60.200 d.- Feriado proporcional: $73.600 III. SONIA DANIELA FIERRO CABALLERO a.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $477.613 b.- Indemnización por años de servicios: $5.253.740; A dicha suma deberán descontarse el aporte del seguro de cesantía ascendente a $1.710.442.- c.- Remuneración enero del año 2020: $112.875 d.- Feriado proporcional: $60.596 IV. SARA VICTORIA CEA ARANCI

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. En cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 478 del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo: Vistos: Del fallo de nulidad se reproduce su parte considerativa y citas legales, a excepción del motivo Sexto y parte resolutiva en su numeral II, que se eliminan. Y se tiene en su lugar, además, presente: De acuerdo al m

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