MP C/ JOSE GUILLERMO CONTRERAS JAQUE
Rol
Fecha
24 de marzo de 2023
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: 1°.- Que la defensa del imputado Rodrigo Alejandro Valdivia Escobar se alza en contra de la resolución de dieciséis de marzo pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva para éste, quien fue formalizado por el delito de homicidio frustrado del artículo 391 N°2 del Código Penal. La defensa cuestiona el requisito de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y consecuencialmente el de la letra c) de la misma disposición, básicamente por cuanto al haber participado dos sujetos disparando en contra del vehículo en que se desplazaba la víctima, no se tiene la certeza de si el impacto recibido por esta última emanó efectivamente del arma que portaba el imputado, poniendo incluso en duda el hecho de que el imputado hubiese portado un arma de fuego. 2°.- Que de acuerdo a lo manifestado en estrados por la representante del Ministerio Público, existen testimonios directos, tanto de testigos presenciales como de oídas, que vieron a dos sujetos a quienes identifican por sus respectivos apodos, correspondiendo uno de ellos al imputado de autos, hacer disparos en contra del vehículo en que se desplazaba la víctima. Además, la pericia efectuada a las vainillas percutadas y encontradas en el lugar hablan de municiones disparadas por dos armas distintas, municiones que además, por su número, resulta imposible que hayan sido disparadas por una sola arma simple y no automática. En este estado actual de la investigación, esta Corte comparte con la jueza del a quo que concurren los antecedentes suficientes que constituyen presunción fundada de participación del imputado en los hechos atribuidos. 3°.- Que en lo que dice relación con la necesidad de cautela, se comparte igualmente el razonamiento de la jueza del a quo, dada la gravedad del delito, la forma en que se ha perpetrado, la participación de más de un sujeto, unido a la circunstancia que el imputado se encontraba, al tiempo de ocurri
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de dieciséis de marzo del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Rodrigo Alejandro Valdivia Escobar. Comuníquese al tribunal a quo, por la vía más expedita. Quienes han intervenido en esta audiencia quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-337-2023.
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C.A. de Concepción HGV/rtp Concepción, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: 1°.- Que la defensa del imputado Rodrigo Alejandro Valdivia Escobar se alza en contra de la resolución de dieciséis de marzo pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva para éste, quien fue formalizado por el delito de homicidio fr
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