ANONIMIZADO
Rol
Fecha
24 de marzo de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y en especial a lo diligenciado en Exhorto Rit E-15-2023 del Juzgado de Letras de Paillaco, en que consta que la notificación efectuada a la demandada lo fue con fecha 21 de enero de 2023, y habiéndose incidentado de oposición de alimentos con fecha 27 de enero del año en curso, esto es, dentro del término establecido en el artículo 4° de la Ley 14.908; Se REVOCA la resolución de fecha siete de febrero de dos mil veintitrés, la que se deja sin efecto, debiendo dársele por parte del tribunal aquo la tramitación incidental que corresponda. N°Familia-101-2023.(ela)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y en especial a lo diligenciado en Exhorto Rit E-15-2023 del Juzgado de Letras de Paillaco, en que consta que la notificación efectuada a la demandada lo fue con fecha 21 de enero de 2023, y habiéndose incidentado de oposición de alimentos con fecha 27 de enero del año en curso, esto
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