JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

C/ LUIS EDUARDO MUNOZ ARRIAGADA. DTE. M.P.

Rol

Fecha

24 de marzo de 2023

Materia

VIOLACION DE MORADA. ART.144

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del dieciséis de marzo de dos mil veintitrés por el Juez de Garantía de Coquimbo, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de autos, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Adoptada con el voto en contra de la Ministra Sra. Sandoval, quien estuvo por revocar la resolución apelada y decretar la medida cautelar de arresto domiciliario prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, por estimar que si bien la resolución del tribunal a quo tuvo por justificada la existencia de dos delitos, se trata en ambos casos de ilícitos con pena de simple delito, lo que hace suponer que el imputado puede optar a cumplir una pena en libertad, en caso de condena, incluso

Fundamentos

considerando la eventual concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia, de manera que la prisión preventiva se torna desproporcionada. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (I) don Iván Vial Aguilar. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 206-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Siendo las 10:07 horas ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro señor Christian Le-Cerf Raby e integrada por los Ministros señor Sergio Troncoso Espinoza y señora Marcela Sandoval Durán, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra de la resolución

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