SOCIEDAD CONCESIONARIA NUEVO PARQUE VITACURA SPA/INSTITUTO DE INGENIEROS DE MINAS DE CHILE
Rol
Fecha
28 de marzo de 2023
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 19.983, la impugnación de una factura, guía de despacho o recibo, se tramita como incidente. 2.- Que, por resolución de fecha tres de marzo de dos mil veintitrés se recibió a prueba la impugnación planteada. 3.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, se declaran inadmisibles los recursos de apelación, interpuestos por la parte demandada y demandante con fecha seis y siete de marzo pasado, respectivamente, en contra de la resolución dictada con fecha tres de marzo de dos mil veintitrés. Comuníquese. N°Civil-4427-2023.(vdcd)
Fallo
se declaran inadmisibles los recursos de apelación, interpuestos por la parte demandada y demandante con fecha seis y siete de marzo pasado, respectivamente, en contra de la resolución dictada con fecha tres de marzo de dos mil veintitrés. Comuníquese. N°Civil-4427-2023.(vdcd)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintitrés. Al folio 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 19.983, la impugnación de una factura, guía de despacho o recibo, se tramita como incidente. 2.- Que, por resolución de fecha tres de marzo de dos mil veintitrés se recibió a prueba la impu
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